A partir de octubre de 2023, el Modelo Integral de Aguas de Aguascalientes (MIAA) será el encargado de dotar el servicio de agua potable, alcantarillado, tratamiento, reúso y disposición final de las aguas residuales en el municipio de Aguascalientes.
Del esquema de concesión a una empresa de la iniciativa privada se transitará a la conformación de un organismo público descentralizado, integrado por representantes del ayuntamiento, de la iniciativa privada y de organizaciones de la sociedad civil, entre otros.
Para hacer más efectiva la prestación del servicio, el reglamento del nuevo organismo contempla una serie de sanciones e infracciones a aplicarse a las personas que cometan actos que afecten la operatividad e infraestructura del sistema.
Al respecto, el Reglamento que crea el organismo público descentralizado “Modelo Integral de Agua de Aguascalientes”, publicado en el Periódico Oficial del Estado el pasado 24 de abril, considera un listado de conductas sujetas a infracciones.
Entre estas, destacan las tomas clandestinas para uso doméstico o residencial, para las cuáles se considera una sanción de entre 84 y 120 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, un promedio de entre 8 mil 714 y 12 mil 448 pesos.
Asimismo, para las personas que instalen conexiones clandestinas con fines comerciales se procederá con una multa de entre 21 mil 785 a 31 mil 122 pesos.
Los actos vandálicos hacia la infraestructura hidráulica son otra de las problemáticas comunes en el municipio de Aguascalientes, lo que ha provocado que en algunas ocasiones se carezca del vital líquido en algunas colonias, por daños o desperfectos.
Para este tema, el reglamento considera en la fracción XXI del artículo 237, que el que “deteriore cualquier instalación propiedad del MIAA” se hará acreedor a una sanción de 100 a 300 veces el valor de la UMA, es decir, de 10 mil 374 a 31 mil 122 pesos.
Del mismo modo, a quien cause desperfectos a un medidor de agua potable de casa habitación se le aplicará una sanción de 50 a 200 veces la UMA, equivalente entre 5 mil 187 y 20 mil 748 pesos.
Otras conductas habituales en usuarios domésticos o habitacionales son: la alteración del consumo de agua marcado por los medidores, retirar los medidores sin autorización y el desperdicio desmedido de agua; todas estas conductas se sancionarán con una multa de entre 35 y 50 veces la UMA (3 mil 630 y 5 mil 187 pesos).