Debido al aumento en casos de maltrato y violencia infantil en el estado, el gobierno estatal y la Fiscalía General del Estado plantearán una iniciativa al Congreso del Estado a fin de que estos actos sean castigados de forma más severa.
“Estamos analizando el tema de cómo endurecer el Código Penal del Estado o la parte de las sanciones penales en el Estado para poder tipificar en una forma más específica el maltrato infantil y la vinculación de aquellos consanguíneos o responsables del menor que no tengan una actitud comprometida y ética en el cuidado de los infantes”, dio a conocer el secretario general de Gobierno, Enrique Morán Faz.
Debido a que todavía no se ha decidido con exactitud cuál será la propuesta, desconocen si será una iniciativa que pueda discutir, y en su caso aprobar, la actual legislatura.
El Fiscal General del Estado, Jesús Figueroa Ortega, explicó que buscarán penalizar casos de omisión ante actos de maltrato hacia los menores que suele suceder por parte de familiares cercanos, así como segundas parejas de las mamás o papás.
“Tenemos un caso reciente que conocen que se tipificó como feminicidio donde fue privada de su vida una menor de 4 años, donde consideramos que la familia en este caso la madre, sin prejuzgar actuó con cierta complicidad u omisión en relación a este tipo de situaciones”, externó.
La propuesta que se envíe al Congreso del Estado, afectaría al artículo 466 del Código Civil del Estado de Aguascalientes, el cual regula cuáles son las situaciones en las que una patria potestad pueda ser retirada.
Dicho artículo dicta que la patria potestad se pierde por resolución judicial cuando:
“El que la ejerza sea condenado expresamente a la pérdida de ese derecho; en los casos de divorcio, teniendo en cuenta lo que dispone el Artículo 293 de este Código; cuando por las costumbres de los padres, malos tratamientos o abandono de sus deberes, pudiera comprometerse la salud, la seguridad o el desarrollo psicosexual, afectivo, intelectual o física de los hijos, aún cuando estos hechos no cayeren bajo la sanción de la normatividad penal; por la exposición que el que la ejerce hiciere del menor de edad o porque lo deje abandonado por más de treinta días naturales aunque lo haya confiado a una institución pública o privada de asistencia social; cuando el que la ejerza sea condenado por la comisión de un delito doloso en el que la víctima sea el menor sobre quien ejerce la patria potestad”.
Agregó que con la aprobación de estas adecuaciones, se reforzaría el trabajo que realizan tanto el DIF Estatal como la FGE en materia de cuidado infantil y la prevención de maltrato.