En Aguascalientes, 7 de cada 10 víctimas del delito de corrupción de menores son niñas, de acuerdo con estadísticas del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. También señala que las denuncias por estos hechos van en aumento.
La última actualización de estos informes indica que, entre enero y noviembre de este año, la fiscalía estatal inició 64 carpetas de investigación por el delito de corrupción de menores, el cual consiste en obligar a un menor a involucrarse en actos que vulneran su salud y seguridad.
Del total de estas denuncias, 47 están relacionadas con niñas de entre 0 y 17 años de edad, mientras que el resto involucra a víctimas que son niños u hombres.
Con esta cifra, Aguascalientes se posiciona en el décimo lugar a nivel nacional entre las entidades que cuentan con la mayor cantidad de denuncias relacionadas con este ilícito, colocándose por detrás de Guanajuato, Baja California, Ciudad de México, Nuevo León, Jalisco, Quintana Roo, Chihuahua, Estado de México y Sinaloa.
Sin embargo, si se toma en cuenta la incidencia de este delito por cada 100 mil mujeres, Aguascalientes escala hasta el quinto lugar nacional.
Cabe agregar que Aguascalientes también suma dos denuncias por la trata de personas. Las dos víctimas fueron mujeres.
Un delito que se sanciona con cárcel
El Código Penal del Estado de Aguascalientes establece que el delito de corrupción de menores e incapaces consiste en inducir u obligar a una persona menor de 18 años a:
- Practicar la mendicidad, ebriedad, toxicomanía o prostitución.
- Practicar actos de exhibicionismo corporal o de carácter sexual.
- Vender o suministrar sustancias tóxicas como solventes, alcoholes, medicamentos u otras sustancias que produzcan efectos similares.
- Prestar servicios en cantinas, tabernas, bares, establecimientos donde otras personas practiquen la prostitución o en cualquier lugar nocivo donde se afecte de forma negativa su sano desarrollo físico, mental o emocional.
- Formar parte de una asociación delictuosa, para los efectos de esta fracción, se entenderá como asociación delictuosa toda aquella agrupación o banda de tres o más personas con propósito de delinquir.
Al responsable de corrupción de menores e incapaces descrita en los puntos I, II, III y V se aplicarán de 6 a 14 años de prisión y de 200 a 500 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados.
En el caso del punto IV, al responsable se le aplicarán de 3 a 5 años de prisión, de 100 a 200 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados.