Puebla, Pue. Luis Armando Soriano Peregrina representante del colectivo Voz Ciudadana por los Derechos Humanos solicitó al presidente de la Comisión de Derechos Humanos (CDH), José Felix Cerezo evite la reactivación de la Ley Bala en Puebla y en lugar de eso se actualicen los protocolos para evitar linchamientos en municipios.
Criticó que la diputada local por el partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Xel Arianna Hernández se está construyendo desde el Congreso local una iniciativa para revivir la Ley Bala en Puebla, esto derivado de la recomendación que se tiene por el linchamiento humano del asesor legislativo Daniel Picaso en manos de una turba en la comunidad de Huauchinango.
Soriano Peregrina solicitó al Congreso local y la CDH que trabajen en mejorar la preparación y capacitación de los policías para que tengan una perspectiva para actuar respetando los derechos humanos para evitar la generación de violencia comunitaria o socializada.
Indicó que para esto, las denuncias que lleguen a las autoridades se deben cumplir para que no exista impunidad y así evitar que se dé paso una vez más a la llamada Ley Bala y la acción de hacer justicia por propia mano.
Dijo que ahora la propuesta es dejar de utilizar balas de goma para hacer los ataques con taquetes agua a presión lo que estaría generando por el impacto a un humano, la muerte, lesión o incluso con discapacidad a quien lo reciba.
¿EN QUÉ CONSISTÍA LA LEY BALA EN PUEBLA?
La ley bala en Puebla consistía en el uso legítimo de la fuerza por parte de elementos policiales con el objetivo de:
- Lograr el sometimiento de una persona que se resista a la detención ordenada por una autoridad competente o luego de haber infringido alguna ley o reglamento;
- Obtener el cumplimiento de un deber o las órdenes lícitas giradas por autoridades competentes;
- Prevenir la comisión de conductas ilícitas;
- Cuando la fuerza se ejerza para proteger o defender bienes jurídicos tutelados; o
- Por legítima defensa.
Los distintos niveles en el uso de la fuerza serán aplicados de manera progresiva atendiendo a las circunstancias especiales del caso:
I. Persuasión o disuasión verbal: Que consistirá en la utilización de gesticulaciones, instrucciones, advertencias y órdenes verbales moduladas que permitan a la persona facilitar al elemento policial cumplir con sus funciones;
II. Sometimiento: Mediante acciones físicas a efecto de que se limiten los movimientos de una persona con el fin de que el elemento policial cumpla con sus funciones; y
III. Utilización de armas incapacitantes no letales, a fin de someter la resistencia violenta del agresor.
¿QUÉ ARMAS NO CONSIDERA LETALES ESTA LEY?
Los bastones policiales; Los agentes químicos irritantes aprobados para la función policial; Los dispositivos eléctricos de control; y las armas o pistolas noqueadoras o incapacitantes.
LA DEROGACIÓN DE LA LEY TRAS LA MUERTE DE UN NIÑO
El 9 de julio de 2014, pobladores de San Bernardino Chalchihuapan se manifestaban y bloqueaban la autopista Puebla-Atlixco en demanda de que el gobierno les restituyera las oficinas del Registro Civil.
Tras horas de manifestación, la Secretaría de Seguridad Pública decidió actuar y envío un equipo táctico de granaderos para disipar a los inconformes y reabrir la circulación en la vialidad.
En el lugar se emplearon balas de goma y gas lacrimógeno contra los manifestantes, lo que provocó la muerte del niño José Luis Tehuatlie Tamayo de 13 años, quien recibió un impacto en el lado izquierdo de la cara. Otros pobladores también fueron lesionados.
Este menor se debatió entre la vida y la muerte durante al menos 10 días, hasta que dejó de respirar.
El tema provocó que grupos de activistas sociales y defensores de derechos humanos denunciaran el excesivo uso de la fuerza pública en contra de los pobladores de San Bernardino Chalchihuapan que no rebasaban los 200 manifestantes, además amparados en la nueva ley emplearon balas de goma que lesionaron y pusieron en riesgo a otros pobladores
Desde ese acontecimiento, demandaron la derogación de la Ley Bala y finalmente este 17 de septiembre y con la llegada de la nueva legislatura al Poder Legislativo se aprobó la derogación de la Ley para Proteger los Derechos Humanos y que regula el Uso Legítimo de la Fuerza por parte de los Elementos de las Instituciones Policiales del Estado de Puebla.
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