El Agente Ministerio Público de la Dirección de Litigación Oral de la Fiscalía General del Estado, acreditó con las pruebas necesarias la responsabilidad de Adolfo Calvillo Pérez en el delito de Feminicidio cometido en agravio de su hija de cuatro años de edad, con siglas de identificación D.S.V.C., en audiencia de Juicio Oral, los integrantes del Tribunal Colegiado de Enjuiciamiento, emitieron fallo condenatorio en su contra, consistente en 50 años de prisión que deberá purgar en el Centro de Readaptación para Varones.
Los hechos tomados en cuenta para tal sentencia, señalan que el acusado y la madre de la víctima contrajeron matrimonio en el año 2005; de dicha unión, procrearon a cuatro hijos, siendo la menor de edad D.S.V.C. una de ellas, habitando todos en un domicilio ubicado en la colonia Ejidal del municipio de Jesús María, Aguascalientes.
De este modo, en el primer trimestre del año 2018, el imputado comenzó a mostrar un comportamiento agresivo hacia la víctima, pues buscaba cualquier pretexto para agredirla físicamente, situación que le provocó a la madre de la menor extrañeza, por lo que le cuestionó el porqué se portaba de esa manera con la menor de edad, a lo que Adolfo señaló que él sospechaba que ella no era su hija biológica.
Al transcurrir de los días, el sujeto intensificó los episodios violentos contra la infante, en los que la golpeaba o la regañaba sin razón, además de amenazar a su esposa, para que callara las agresiones de las que era testigo; de igual manera, el acusado tomaba distintas oportunidades a solas con la menor, para golpearla en toda su humanidad con objetos contundentes y corto-contundentes.
Tras varios meses en esa situación llegó el día lunes 06 de agosto del año 2018, aproximadamente a las 14:30 horas, momento en el que el acusado se encontraba con la víctima y otro de sus hijos; de tal suerte que la menor se metió a bañar y una vez que terminó de ducharse, comenzó la búsqueda de un cepillo para peinarse el cabello, por lo que fue a la habitación en la que se encontraba Adolfo para buscar el peine, al no encontrarlo, le preguntó al adulto si él sabía dónde era que se encontraba — ¿que yo tengo el peine?, ¿que me lo encargaste?— respondió molesto.
La víctima al escucharlo se quedó parada en el acceso al dormitorio, sin decirle nada; de pronto, el acusado le dijo a la pequeña: —¡muévete! si no, te voy a pegar— pero como la menor no encontraba el peine, el acusado se molestó bastante y comenzó a golpearla con sus manos, en distintas partes de su humanidad: en la espalda, en la cabeza y sobre todo en la región abdominal, siendo que con la fuerza que empleó, le provocó perforaciones intestinales, prolongando la agresión por cerca de cinco minutos para después retirarse.
Debido a que en el sitio se encontraba el hermano de la niña, él se quedó a su costado en espera de que arribara al domicilio su madre, mientras que la ofendida se quejaba de mucho dolor en el estómago.
Después de un tiempo, aproximadamente a las 18:00 horas, la madre de la menor arribó al inmueble, percatándose de que la niña estaba llorando y se quejaba del dolor; al platicar con ella, la pequeña le refirió que su padre la había golpeado.
Derivado de lo sucedido, la mujer se aproximó a su esposo y le cuestionó el motivo de la agresión, siendo que el sujeto le indicó que no le cuestionara sus acciones, además de amenazarla de muerte.
Durante las horas posteriores, la menor continuó refiriendo dolor en su estómago, por lo que la madre le dio un analgésico para calmarle el dolor y aproximadamente a la 01:00 horas del día 07 de agosto, la niña se quedó dormida.
A las 07:30 horas, la madre se percató que su hija estaba muy pálida, inconsciente y no respiraba, posteriormente el acusado vio lo sucedido también y comenzó a ponerse muy nervioso, caminando de un lado a otro.
Luego de minutos repitiendo la acción, el sujeto ideó un plan para salvarse, pues le indicó a su esposa que debía protegerlo, forzándola a que argumentara ante las autoridades que la menor había muerto a consecuencia de que fue víctima de un secuestro y tras el pago de un rescate, les había sido devuelta sin vida y envuelta en una cobija; amenazando de nueva cuenta a la fémina que lo hiciera de esa forma, porque de lo contrario la mataría. Situación que en especie no aconteció.
Derivado del hallazgo del cuerpo de la menor, se emprendieron las pesquisas correspondientes, coordinadas por el Agente del Ministerio Público, quien encabezó las diligencias, siendo que se remitió a la interfecta a la Dirección General de Investigación Pericial, donde se le practicó la necropsia correspondiente que arrojó como resultado que su deceso aconteció a consecuencia de los golpes contundentes que le propinó el acusado, derivando en un trauma abdominal cerrado con perforación intestinal, sepsis abdominal, Síndrome de Kempe (maltrato infantil) y desnutrición moderada.
Paralelamente, elementos de la entonces Policía Ministerial de Aguascalientes, cumplimentaron una orden de aprehensión en contra de Adolfo y lo consignaron ante la autoridad jurisdiccional donde se determinó vincularle a proceso; tras librar las diversas etapas procesales, llegó el momento de la audiencia de Juicio Oral, en la que el Tribunal Colegiado de Enjuiciamiento determinó imponerle una pena de prisión en un nivel medio correspondiente a 50 años, además del pago de una multa, la reparación del daño por indemnización de la muerte de la víctima, por daño material consistente en pago de concepto de reparación del daño y el pago del daño moral dos tantos del daño material.