Tijuana.- El Sistema de Administración Tributaria (SAT) en Baja California anunció que las personas morales tienen los meses de enero, febrero y marzo para presentar su declaración anual del ejercicio fiscal 2023. La fecha límite será el 1 de abril, porque el 31 de marzo el calendario lo marca como día inhábil.
Marisol Blanco Orozco, Titular de la Unidad Desconcentrada de Servicios al Contribuyente de Baja California 2, informó que en el caso de la Personas morales con fines no lucrativos tienen hasta el día 15 de febrero de 2024, para presentar la declaración anual. De no hacerla pueden acceder a las sanciones que correspondan.
Asimismo, informó que los requisitos para la declaración anual son los siguientes:
*Contar con RFC y E-firma vigente de la Persona Moral
*Contar con la información de los montos de ingresos, deducciones, coeficientes de utilidad, impuestos retenidos, pagos provisionales, entre otros.
*Tener una cuenta con servicio de banca electrónica para pagar por transferencia electrónica a través de los bancos autorizados.
Una vez que se realiza la declaración, el sistema imprime de forma automática un recibo de acuse. Mientras que en el caso de que se deba hacer algún pago, se imprimirá una línea de captura.
Blanco Orozco destacó que el horario de atención presencial en el SAT es de lunes a jueves de 9:00 a 16:00 horas; el viernes de 8:30 a 15:00 horas, pero, con motivo de la declaración anual de Personas morales del ejercicio 2023, aumentó el horario de atención. A partir del 22, 25, 26 y 26 de marzo, así como del 1 de abril, el horario de atención será de 8:30 a 18:00 horas.
Con el horario ampliado de la operación de los 55 puntos de atención en el país, se busca ofertar un mayor número de servicios, a fin de que los contribuyentes cumplan en tiempo y forma con la declaración anual del ejercicio fiscal anterior.
Por parte de Daniel Benigno Granados Herrero, Titular de la Administración Desconcentrada de Recaudación de Baja California 2, enumeró una serie de actualizaciones en el sistema para facilidad de la declaración 2023:
*Pueden agregarse las pérdidas fiscales por amortizar que no se visualicen en formulario, provenientes de las declaraciones de los ejercicios 2013 a 2021.
*Se incluye la primera y segunda actualización de la pérdida fiscal por amortizar, en el caso de que se haya generado en el ejercicio inmediato anterior.
*Eliminación de los estados financieros, estado de flujo de efectivo, y estado de cambio en el capital contable.
*Precarga de la información de los estados financieros que permanecen presentados en el ejercicio inmediato anterior.
*Adición a la deducción inmediata de inversión prevista en el decreto relocalización publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 11 de octubre de 2023, y de los beneficios fiscales otorgados a los contribuyentes de las zonas afectadas por el huracán Otis, en los formularios tanto del régimen general como del RESICO.
*Reducción del formato de impresión para facilitar la identificación de algunas deducciones aplicadas.
*Se renueva el formato de los estados financieros para dar mayor certeza al visualizar los datos del contribuyente, generado en declaración anual.
*Mediante la opción Presenta Tú Declaración Anual de Personas Morales, se cuenta también, con la herramienta para presentar la declaración anual de personas, ISR diferido en consolidación fiscal, personas morales con fines no lucrativos, personas morales del régimen opcional para grupos de sociedades integradas e integradoras, personas morales del Régimen de los Coordinados, personas morales del Régimen de Actividades Agrícolas Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras.
*La información puede ser guardada hasta por 30 días. Pueden realizar el pago a través de línea de captura desde el portal bancario o directamente desde el portal del SAT.
Se compartió que con corte al 13 de febrero de 2024 se han presentado 40 mil 40 declaraciones a nivel nacional, lo que comparado con el año 2023, en la misma fecha, se habían registrado 21 mil ocho declaraciones, lo que representa un aumento del más del 90 por ciento.
Para mayor información, el SAT pone a disposición de los contribuyentes, los siguientes canales remotos:
*De lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas está el MarcaSAT (55-62-72-27-28), así como el chat Uno a Uno y Miportal en la plataforma web del SAT. N