Puebla, Pue.– La primera propuesta de modificación al artículo 480 de ciberasedio se presentó ante los diputados de todas las bancadas en el Congreso local, incorporando una exclusión expresiva para los ejercicios de libertad de expresión, incluidas las denuncias públicas y la exposición de hechos de interés público.
Plazo para aprobación y objeciones de la oposición
De ser avalada en las mesas técnicas, la reforma podría aprobarse en el Pleno el jueves 3 o 10 de julio. Sin embargo, legisladores de la oposición criticaron que el contenido mantiene puntos ambiguos, por lo que insisten en derogar por completo el artículo 480.
Puntos centrales de la reforma
Durante la reunión a puerta cerrada, se proyectaron las siguientes propuestas de modificación:
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Exclusión de sanción a expresiones amparadas por la Constitución, tratados internacionales y demás disposiciones, “incluyendo aquellas con denuncia pública o hechos de interés público”.
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La autoridad evaluará contexto, frecuencia, medios empleados e impacto para determinar la existencia del delito.
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El delito se perseguirá de oficio si la víctima es menor de edad o está impedida para proceder.
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Se define ciberasedio como la realización reiterada o sistemática de actos de contacto, vigilancia, hostigamiento o investigación, con el fin de alterar la vida, reputación o integridad de otra persona.
Aclaraciones y ajustes legales
Además, los legisladores recuerdan que “las palabras tienen jurisprudencia”, por lo que habrá ajustes técnicos a cada término para garantizar precisión jurídica y evitar interpretaciones equívocas.
Garantías de la presidenta del Congreso
Al término de la sesión, la presidenta Laura Artemisa García Chávez aseguró que escuchará las solicitudes de todos los diputados para eliminar cualquier ambigüedad. “Se respondió a los tres temas mencionados y se afinará el artículo antes del 15 de julio”, destacó en entrevista.