En un hecho histórico, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) despenalizó este miércoles 6 de septiembre el aborto en todo México luego de un amparo interpuesto por el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE).
De acuerdo con la organización feminista, ahora todas las mujeres y personas gestantes podrán abortar en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), Pemex y cualquier otra institución federal de salud.
En un breve mensaje, la Primera Sala de la Corte resolvió como inconstitucional el sistema jurídico que penaliza el aborto en el Código Federal, al violar los derechos humanos. De acuerdo con un comunicado de GIRE, el personal médico de las instituciones federales de salud no podrá ser criminalizado por brindar este servicio médico.
“Con base en la sentencia sobre la inconstitucionalidad del delito de aborto en el Código Penal de Coahuila, resuelta por unanimidad por la SCJN en septiembre de 2021, GIRE presentó un amparo contra el Congreso de la Unión y el Ejecutivo Federal por haber emitido una regulación que criminaliza el aborto”, indicó la organización en la publicación que ya suma más de 5,000 interacciones en X (antes Twitter).
¡@SCJN despenaliza el aborto a nivel federal!
Gracias a un amparo ganado por GIRE, todas las mujeres y personas con capacidad de gestar podrán acceder a servicios de aborto en IMSS, ISSSTE, PEMEX y cualquier institución federal de salud 💚🌊 🔥 #SeptiembreVerde pic.twitter.com/QNQtXDpCQk— GIRE (@GIRE_mx) September 6, 2023
PROVIDAS SE MANIFESTARON EN LA SCJN POR TEMA DE ABORTO EN MÉXICO
Esta notica sucede un día después de que grupos provida se manifestaron ante la Suprema Corte contra este proyecto de sentencia, que pretendía eliminar el aborto como delito dentro del Código Penal Federal, así como las sanciones y las penas de cárcel para las mujeres que deciden interrumpir su embarazo.
El Código Federal establece en el artículo 330 lo siguiente: “Al que hiciera abortar a una mujer, se le aplicarán de uno a tres años de prisión, sea cual fuera el medio que empleare, siempre que lo haga con consentimiento de ella”. En tanto, el artículo 329 define como aborto a la “muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez”.
“No se aplicará sanción: cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte, a juicio del médico que la asista, oyendo este el dictamen de otro médico, siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora”, se lee en artículo 334.
Según el portal de estadística en línea Statista, durante 2022 se realizaron un total de 12,496 interrupciones de embarazo en México. Esta cifra representa un ligero incremento con respecto a 2021, después de dos años seguidos de descensos. N