La manera en la que cada persona vive, incorpora y experimenta la diversidad sexual y romántica, características sexuales, banderas, así como la identidad y expresiones de género, debe ser una parte vital, genuina y natural de nuestra cotidianidad, sin discriminación, estereotipos, ni borramiento. La posibilidad de cambio es una promesa que nos provee de armonía y de respeto tanto a escala individual como en el orden colectivo.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Fracción del Artículo 1: En México queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternal [y sororamente] los unos con los otros.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Fracción del Artículo 11 – Ciudad incluyente – apartado H. Derechos de las personas LGBTTTI:
1. Esta Constitución reconoce y protege los derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero, travesti, transexuales e intersexuales, para tener una vida libre de violencia y discriminación.
2. Se reconoce en igualdad de derechos a las familias formadas por parejas de personas LGBTTTI, con o sin hijas e hijos, que estén bajo la figura de matrimonio civil, concubinato o alguna otra unión civil.
3. Las autoridades establecerán políticas públicas y adoptarán las medidas necesarias para la atención y erradicación de conductas y actitudes de exclusión o discriminación por orientación sexual, preferencia sexual, identidad de género, expresión de género o características sexuales.
PREJUICIOS QUE VULNERAN LAS GARANTÍAS
A pesar de los avances y apertura en los procesos de construcción en materia legislativa para hacer valer los derechos de la población LGBT+ y evitar su exclusión, aún existen prácticas normalizadas basadas en prejuicios que vulneran sus garantías individuales. Apremia lograr una sociedad consciente, progresiva e incluyente capaz de crear entornos seguros y de evitar el retroceso de nuestros derechos humanos.
La diversidad es la riqueza de la humanidad, y ante esta realidad, la comunidad LGBT+ ha buscado formas de representación de identidad que ha fungido como herramientas de visibilidad cuando levantan la voz ante los actos y discursos de odio perpetrados en su contra, siendo las banderas el instrumento más llamativo.
Existe una infinidad de banderas, siendo la más representativa la de arcoíris, diseñada por Gilbert Baker y presentada en San Francisco, California, durante la marcha de 1978. Otras banderas han surgido por propuestas de distintas organizaciones y creadores; nuevas generaciones en un ejercicio democrático han utilizado redes sociales o nuevas plataformas para someter sus propuestas visuales y discurso. Tal es el caso de la bandera gay, propuesta por un usuario de Tumblr, Gayflagblog, en 2019, reconfigurando un diseño anterior de Mod Hermy.
En este artículo se incluyen 23 banderas de las disidencias más representativas de la población LGBT+ para conocer un poco más sobre los colores de la diversidad. N
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Diseño gráfico: Aidé Mendoza; Investigación: María Fernanda Abaroa; Supervisión académica: Adán García y Carlos Cubero. Museo Memoria y Tolerancia.