Las personas que reúnan, compartan o comercialicen imágenes, videos y/o audios íntimos en Baja California, sin consentimiento de quienes aparecen en ellas, podrán ser denunciadas y recibir sentencias de hasta 6 años de cárcel y una multa de hasta 1500 UMAS, que equivalen a 130 mil 320 pesos mexicanos.
Lo anterior será posible porque el Congreso de Baja California aprobó este miércoles, por unanimidad, la llamada Ley Olimpia, una que reforma el código penal del estado para incluir la difusión no consentida de imágenes íntimas, eróticas y sexuales.
Además, las penas aumentarán hasta en una mitad cuando ocurran distintos agravantes. Por ejemplo: cuando el delito sea cometido por la pareja o por alguien que tuvo una relación de afectividad con la víctima, cuando exista una relación laboral, social o política con la persona afectada, cuando se trate de menores de edad o se presente algún tipo de amenaza.
“Muchas mujeres han sido violentadas y se les ha destrozado la vida, por este tipo de violencia digital”, comentó la diputada Miriam Cano en la votación.
Con esto, Baja California se convierte en el estado número 21 en aprobar esta ley, sumándose a estados como Puebla, Veracruz y Ciudad de México.
“Todos hemos sido testigos de cómo se pisotea la dignidad de la mujer, con vídeos, por coraje, por odio, por resentimiento a veces de las ex parejas”, dijo la diputado Eva Griselda Rodríguez, antes de emitir su voto a favor.
Esta ley nació en Puebla, a raíz de que el vídeo íntimo de Olimpia Coral Melo, de 18 años entonces, fue difundido en redes sociales por un ex novio.
El video se filtró en 2013 y cinco años después, Olimpia logró una reforma al Código Penal de Puebla para tipificar la violencia digital.
En junio pasado, un jóven de Coahuila fue el primero en recibir una sentencia derivada de la promulgación de esta ley en esa entidad, pues recibió tres años de cárcel por vender fotografías íntimas de mujeres, entre ellas algunas menores edad.
*Esta nota fue actualizada el 1 de julio a las 4:18 PM para agregar la pena máxima que se votó en reserva. El dictamen original proponía una sentencia máxima de hasta 5 años de cárcel y multas de hasta 173 mil 760 pesos. La primera aumentó y la segunda disminuyó en reserva
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