La Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, que dio pie a la creación del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, es el principal estatuto con el que cuenta México para la protección de los derechos de la comunidad LGBTQ+. A partir de la promulgación de esta norma, en 2003, varios estados de la república han emitido sus propias leyes. Estas son algunas de las más relevantes.
BAJA CALIFORNIA SUR
Adopción para parejas del mismo sexo. Aunque en todo el país el matrimonio igualitario ya es legal, prácticamente la mitad de México no permite que las parejas del mismo sexo adopten un hijo. Baja California Sur fue el último en sumarse a la lista de los estados en donde dicha adopción sí es legal.
CIUDAD DE MÉXICO
Ley para el Reconocimiento de las Personas LGBTTTI. Esta ley reconoce a las personas LGBTTTI, sus derechos humanos, y mandata el establecimiento de las acciones, programas y políticas públicas necesarias para su cumplimiento. Entre otros, ordena que todas las personas LGBTTTI gozarán de todos los derechos que establece el orden jurídico mexicano y los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte sin ninguna distinción y libres de estigmas, prejuicios, estereotipos y discriminación.
HIDALGO
Identidad de género no binario. En noviembre de 2022, Hidalgo se convirtió en el primer estado del país en reconocer a las personas no binarias. La reforma al artículo 214 de la Ley para la Familia dicta que “las personas cuya autopercepción de género no se enmarquen en las categorías de masculino o femenino tendrán el derecho al reconocimiento e inscripción de su género no binario”.
JALISCO
Identidad a las personas trans. Cualquier persona que cuente con un acta de nacimiento registrada en México puede acudir a las oficialías del registro civil jaliscienses a realizar su trámite de modificación de los datos de nombre y género para contar con acta de nacimiento acorde con su identidad autopercibida. Además de Jalisco, la Ciudad de México y Oaxaca son las únicas entidades que reconocen a las personas transgénero menores de 18 años.
NUEVO LEÓN
Prohíbe las terapias de conversión. Apenas trece entidades del país prohíben las terapias de conversión. Estas consisten, de acuerdo con una definición de la ONU, en intervenciones que tienen por finalidad cambiar la orientación sexual de una persona o su identidad de género; sus promotores afirman que estas terapias pueden transformar a las personas gais, lesbianas o bisexuales en heterosexuales. El último en sumarse a la lista de los estados que prohíben estas prácticas fue Nuevo León.
SINALOA
Cambio de género en documentación. El cambio de datos en documentos oficiales es legalmente posible en 19 entidades mexicanas. Esta ley consiste en que las personas pueden efectuar el cambio de documentos de identidad acordes con su género autopercibido. Sinaloa fue el último estado en aprobar esta ley.
TAMAULIPAS
Matrimonio igualitario. En octubre de 2022, el Congreso de Tamaulipas reformó su Código Civil para reconocer el derecho al matrimonio entre personas del mismo sexo. Esta entidad fue la última del país en legalizar esta unión igualitaria, por lo que ya es legal en todo el país. La primera en aprobarlo fue la Ciudad de México, en 2010. N