La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación validó el triunfo del candidato del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) a la presidencia municipal de Tepezalá, Omar Israel Camarillo, luego de que desestimara los elementos probatorios del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en un juicio de revisión constitucional electoral sobre los comicios realizados en dicho municipio.
Inicialmente, el Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes resolvió una impugnación del PRI respecto a difusión de propaganda gubernamental, uso indebido de recursos públicos y actos anticipados de campaña, entre otros, además de un procedimiento administrativo sancionador en el que se amonestó al candidato y al partido por el uso de medios de comunicación, por la publicación de mensajes a favor del abanderado en redes sociales por parte de funcionarios públicos del ayuntamiento.
Posteriormente, el propio tribunal desestimó la impugnación del PRI y sólo se confirmó la participación del entonces candidato del PVEM -y alcalde en funciones- en un evento público que se llevó a cabo en una escuela de Tepezalá, en donde prometió que de ganar realizaría obras de infraestructura a favor de ese plantel, situación que fue vista por los magistrados electorales como una irregularidad a la legislación electoral.
Al respecto, el representante del Partido Verde ante el Instituto Nacional Electoral (INE), Enrique González Aguilar, señaló que se instruyó al Instituto Estatal Electoral para que investigue la gravedad de la falta cometida por el abanderado y se imponga el procedimiento administrativo sancionador que corresponda, sin que esto afecte el resultado de la elección en Tepezalá.
“Se da vista al IEE para que resuelva en consecuencia a la irregularidad cometida en el acto en una escuela, donde les dijo ahí que les iba a poner una velaria, o a techar la cancha de basquetbol”.
Sin embargo, mencionó que la entrega de la constancia de mayoría, que acredita a Omar Camarillo como presidente municipal para el periodo de 2019-2021, no sufrirá modificaciones.
“No hubo uso indebido de recursos públicos, no había actos anticipados de campaña y que por lo tanto no vulneraba el principio de equidad, entonces queda firme la entrega de constancia de mayoría y la elección de Omar Camarillo como alcalde relecto del Partido Verde a presidente municipal en Tepezalá”, aseguró.
Otra acción que reclamó el PRI fue el hecho de que el presidente municipal se separara del cargo para contender por el Partido Verde en la contienda electoral para luego retomarlo a los pocos días, pero los magistrados no consideraron elementos de sanción en ese supuesto.
“La Sala Monterrey argumenta en ese punto que si se permite reelegirte y permite que el ciudadano te califique para esa reelección, por eso permite que no te separes del cargo, porque es la ciudadanía quien te va a reelegir o te va a sancionar con no elegirte, y que no es un requisito esencial que te separes del cargo”, dijo.
El Partido Revolucionario Institucional (PRI) –promotor del recurso de revisión inicial- podría solicitar un recurso de reconsideración a la sentencia de la Sala Monterrey, para lo cual tendrá tres días hábiles para hacerlo, o de lo contrario la resolución causará estado.