

Llamadas insistentes de madrugada, mensajes intimidatorios los fines de semana, advertencias de “embargos inmediatos” y notificaciones pegadas en domicilios o enviadas a centros de trabajo forman parte del día a día de muchas personas con adeudos. En varios casos, quienes cobran se presentan como supuestos representantes legales o simulan documentos judiciales para presionar el pago, aun cuando no existe ningún proceso formal.
Este tipo de prácticas, que van desde el acoso telefónico hasta la amenaza directa, han sido señaladas por generar miedo, ansiedad y afectaciones en la vida familiar y laboral de quienes las padecen. La presión constante y la exposición pública del adeudo se han convertido en mecanismos recurrentes de algunos despachos de cobranza, pese a no contar con facultades legales para actuar de esa manera.
Ante este panorama, el Congreso del Estado aprobó por unanimidad reformas al Código Penal para tipificar el delito de cobranza ilegítima, con el objetivo de frenar el hostigamiento y la intimidación en actos de cobranza extrajudicial. La iniciativa fue presentada por la diputada Sughey Torres Rodríguez y analizada en la Comisión de Justicia.
La reforma busca sancionar conductas como llamadas en horarios nocturnos o de madrugada, el envío de cartas amenazantes, la simulación de actos judiciales o administrativos y cualquier acción que implique coacción o presión psicológica para exigir el pago de una deuda.
Los diputados reconocieron que el aumento en operaciones financieras, como préstamos, créditos y financiamientos, ha derivado también en un mayor número de adeudos impagados, lo que ha impulsado la intervención de despachos de cobranza. Sin embargo, hicieron énfasis en que la exigencia de pago debe realizarse dentro de los límites legales y con respeto a los derechos de las personas.
Además de las posibles consecuencias legales, señalaron que estas prácticas de cobranza generan impactos psicológicos y sociales, como altos niveles de estrés y afectaciones a la estabilidad económica y emocional de las familias. Con la tipificación de la cobranza ilegítima, se establece un marco para distinguir entre la gestión legal de un adeudo y el acoso sistemático disfrazado de cobro.
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