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INEGI reconoce peticiones de ajuste salarial, pero ley lo impide sin aval federal

Publicado el 23 de octubre, 2025
INEGI reconoce peticiones de ajuste salarial, pero ley lo impide sin aval federal
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Personal de nivel enlace del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) sostuvo un primer acercamiento con directivos de la institución para plantear inquietudes laborales, principalmente en torno al ajuste salarial. Aunque las autoridades reconocieron las demandas, advirtieron que el ajuste no podrá concretarse este año debido a restricciones legales y presupuestarias.

En una comunicación interna, representantes del personal señalaron que fueron atendidos por los directores Ricardo Miranda Burgos (Administración), Jorge Ventura Narváez (Asuntos Jurídicos), Ricardo Noyola Fuentes (Relaciones Laborales), Marisa Alejandra López García (Recursos Humanos) y Octaviano Ramírez Nicolás (Remuneraciones).

Según la minuta, los funcionarios explicaron que el aumento “sí fue presupuestado para este año, pero muy probablemente no podrá otorgarse”, aunque existe la posibilidad de que se concrete en 2026. Aun así, las autoridades recibieron propuestas de los trabajadores y acordaron mantener abiertos los canales de diálogo.

Postura oficial del INEGI

Ese mismo día, la Dirección General Adjunta de Recursos Humanos del Instituto emitió una Nota Informativa para “informar con claridad y transparencia” sobre la política de remuneraciones.

En el documento, el organismo explicó que el incremento salarial autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el pasado 30 de junio “aplicó únicamente para el personal operativo de la Administración Pública Federal”.

Por tanto, los trabajadores con plazas de nivel enlace o de mando no pueden recibir un aumento, ya que “no se cuenta con base legal para que el INEGI determine el incremento salarial” sin la definición formal de la autoridad federal competente.

El Instituto subrayó que su actuación se apega a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y a la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos.

Limitaciones legales en la LSNIEG

Sin embargo, el marco jurídico que rige al propio INEGI —la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (LSNIEG)— establece en su Artículo 53 que el ejercicio de su presupuesto no está sujeto a disposiciones de la SHCP.

Por ello, las fracciones 2 y 3 del mismo artículo —que definen los derechos y obligaciones de los informantes y la organización del Instituto— contrastan con el argumento del comunicado oficial que subordina las decisiones salariales a Hacienda, lo que podría interpretarse como una limitación a esa autonomía de gestión prevista por la ley.

A la espera de una respuesta

El personal del Instituto confió en que las propuestas presentadas “puedan aplicarse de la mejor manera” y que se mantenga abierto el diálogo institucional. 

Mientras tanto, el INEGI reiteró su compromiso con la legalidad y la transparencia, aunque reconoció que cualquier modificación en las remuneraciones dependerá de la autorización del gobierno federal, posiblemente hasta el ejercicio 2026.

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