La Juez Segundo de lo Penal en el Estado, resolvió este domingo la situación jurídica de Raúl Cuadra García dictando Auto de Formal Prisión en la causa penal.
Virtud de ésta medida, el indiciado continúa en prisión preventiva enfrentando el proceso penal que se le sigue por el delito de Peculado.
De conformidad al artículo 174 del Código Penal del Estado de Aguascalientes, el peculado consiste en:
I. La distracción que haga el servidor público, para usos propios o ajenos, de dinero, valores, fincas o cualquier cosa perteneciente al Estado o a un Municipio, a un organismo descentralizado o a un particular, si por razón de su cargo los hubiese recibido en administración, en depósito o por otra causa;
II. La utilización por el servidor público de fondos públicos con el objeto de promover la imagen política y social de su persona, la de su superior jerárquico o la de un tercero, o a fin de denigrar a cualquier persona;
III. La distracción que de su objeto haga cualquier persona que, sin tener el carácter de servidor público estatal o municipal, está obligada legalmente a la custodia, administración o aplicación de recursos públicos estatales o municipales, para usos propios o ajenos, o les dé una aplicación distinta a la que se les haya destinado.
Al responsable de Peculado se le aplicarán de 1 a 8 años de prisión, de 25 a 300 días multa, al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, y destitución e inhabilitación de 1 a 3 años para desempeñar otro.
Cabe resaltar que de conformidad con el ordenamiento penal vigente, este delito no es considerado como grave, por lo que admite el pago de caución.