En un caso que rememora la historia de David contra Goliat, un trabajador mexicano se enfrenta en los tribunales a la empresa trasnacional L’Oréal, la cual, vía la simulación de esquemas corporativos, evitó pagarle lo correspondiente a sus utilidades, las cuales son consideradas un derecho constitucional.
En el contexto de las reformas laborales en México, de los años 2012 y 2021, respectivamente, que buscan regular y poner fin a los abusos de la subcontratación (outsourcing / insourcing), este caso podría marcar un precedente significativo, pues la reconocida empresa francesa de cosméticos L’Oréal recibió una demanda por la vía laboral de parte de uno de sus exdirectivos, quien le exige que se cumpla su derecho constitucional al reparto de utilidades.
Por lo que pudimos conocer, el exempleado de la trasnacional, cuya identidad no se revela por cuestiones de seguridad, prestó sus servicios a L’Oréal como subordinado a través de esquemas de outsourcing / insourcing, y en su demanda laboral argumentó que la compañía evadió sus responsabilidades legales al privarlo de este derecho fundamental.
La demanda que presentó ante los tribunales toma especial relevancia en un momento en que las reformas en materia laboral en México intentan frenar las prácticas de subcontratación que vulneran los derechos de los trabajadores al usar, como lo define la Ley Federal del Trabajo, una unidad económica.
A la luz de la reforma en outsourcing de 2021, la legislación mexicana busca evitar que esta externalización de servicios se use para reducir costos laborales o evadir responsabilidades sociales.
Hace unos años, el trabajador mexicano fue contratado por una empresa de L’Oréal México, tiempos en los que la trasnacional operaba mediante la conocida estructura corporativa en la cual una de sus empresas recibía las ganancias, facturaba y movía los recursos, pero no tenía empleados.
LA DEMANDA CONTRA GRUPO L’ORÉAL MÉXICO ALCANZA A FRABEL
En esta empresa del Grupo L’Oréal México, Frabel, S.A. de C.V., es donde el exdirectivo prestaba sus servicios y a la cual demandó por el incumplimiento en el pago de utilidades. Cabe destacar, como hemos podido constatar, que con posterioridad a esta demanda laboral el grupo L’Oréal corrigió y cambió su estructura corporativa, dándole empleados a la empresa Frabel, S.A. de C.V.
En noviembre de 2018, el trabajador mexicano presentó ante la Junta de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México la demanda laboral donde reclama su derecho al PTU (participación de los trabajadores en las utilidades) a aquellas empresas que conforman el Grupo L’Oreál en México y que, según afirma e intenta demostrar en su demanda, forman en su conjunto una unidad económica, donde una empresa contrata y otra se beneficia de los servicios del trabajador.
Aunque dicha demanda laboral está en curso, el caso dio un giro alarmante en los últimos meses, pues la empresa ahora hostiga y presiona al exdirectivo para que retire su reclamo ante los tribunales laborales, pues la compañía francesa denunció al trabajador por la vía penal, un acto que expertos jurídicos califican como una posible táctica de intimidación.
En el año 2022, L’Oréal arremetió contra su exempleado y lo denunció penalmente. Aunque las autoridades laborales de México ya están al tanto del caso, es de resaltar que el motivo de este conflicto —la omisión del derecho constitucional al reparto de utilidades— no solo pone en juego los derechos de los trabajadores, sino también los alcances de la reforma laboral y su efectividad en la protección de los derechos laborales frente a las prácticas empresariales abusivas.
SUBCONTRATACIONES PARA NO PAGAR EL PTU
Como se sabe, la práctica de la subcontratación en México permite a las empresas la simulación de actos para no pagar el PTU, entre otras obligaciones, lo cual representa un perjuicio para los empleados. Ello motivó a los legisladores a reformar las leyes laborales con la clara intención de proteger los derechos de los trabajadores al regular, detectar y sancionar la operación de las outsourcings e insourcings.
La reciente reforma al artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, promulgada hace menos de cuatro años, ahora prohíbe la subcontratación de personal, es decir, la transferencia de trabajadores propios hacia otra empresa, y aparecer como patrones sin tener ninguna actividad productiva.
Por ello, ahora las empresas deben transferir y reconocer como trabajadores propios a todos aquellos empleados que realizan las actividades principales relacionadas con su objeto social y actividad económica preponderante.
“En el mundo corporativo laboral de nuestro país hay muchos Goliats, pero pocos Davides, razón por la que este caso resulta de interés general”, reflexiona un abogado laboral consultado para esta investigación. “Y el caso de un mexicano contra L’Oréal podría servir para despertar las conciencias de más empleados que pudieran no darse cuenta de las estrategias de sus patrones para evitar el pago de utilidades al que tuvieron, tienen y tendrán derecho”.
Este medio contactó a las partes involucradas en este laberinto legal. Mientras el exempleado exclusivamente nos confirmó la información, pero se reservó su derecho a opinar al respecto, al cierre de este artículo L’Oréal no respondió a nuestra petición de comentarios. N