La Corte Suprema de Estados Unidos falló este viernes 30 de junio a favor de una diseñadora gráfica que se niega a crear páginas webs para bodas para parejas gays, con lo que autorizó por vez primera discriminaciones en el ámbito comercial.
Lorie Smith quiere expandir su negocio de diseño gráfico para incluir servicios para parejas que buscan sitios web de bodas. Sin embargo, le preocupa que Colorado use la Ley contra la Discriminación que la obliga a crear páginas para parejas gays que ella no respalda, explica la Corte Suprema.
Smith presentó una demanda solicitando una orden judicial para evitar que el Estado la obligue a brindarle los servicios a estas uniones “que desafían su creencia de que el matrimonio debe reservarse a hombre y mujer”, indicó en un comunicado el tribunal supremo.
POR LIBERTAD DE EXPRESIÓN, COMERCIANTES PUEDEN NEGAR SERVICIOS A COMUNIDAD LGBTQI+
“Las empresas que atienden al público y desempeñan actividades creativas pueden invocar la libertad de expresión para negarse a prestar un servicio contrario a sus valores”, dictaminó el alto tribunal por una mayoría de seis jueces sobre nueve.
La Primera Enmienda de la Constitución, que garantiza la libertad de expresión, implica que en Estados Unidos “la gente es libre de pensar y expresar lo que quiera, no lo que el gobierno le diga”, escribió en su nombre el magistrado Neil Gorsuch.
El estado de Colorado “pretende utilizar su ley para obligar a una persona a crear un discurso en el que no cree”, añadió. En este estado del oeste una ley prohíbe la discriminación por orientación sexual desde 2008 y puede imponer sanciones de hasta 500 dólares.
SMITH NO TENDRÁ QUE ATENDER A PAREJAS GAYS QUE DESEEN CASARSE
En 2018 la Corte Suprema le dio la razón a un pastelero cristiano que se negó a preparar un pastel de boda para una pareja gay. Pero se basó en motivos técnicos, sin llegar a promulgar principios generales. El tema volvió a los tribunales con Lorie Smith.
Este viernes el alto tribunal la respaldó al estimar que su actividad, pese a ser comercial, entra en el ámbito de la libertad de expresión. “Determinar qué es actividad expresiva protegida por la Primera Enmienda a veces plantea cuestiones difíciles, pero no es el caso con este dosier”, escribió Neil Gorsuch. N
(Con información de AFP)