El Pleno de la LXIII Legislatura aprobó por mayoría el dictamen acumulado, que formuló la Comisión de Justicia, a través del cual se reforman diversos artículos del Código Civil del Estado de Aguascalientes, con el que se protege a los cónyuges que se quedan al cuidado de los hijos, por la separación de pareja.
La modificación establece la obligación para que el cónyuge que abandona el hogar, brinde el apoyo alimenticio para sus hijos y ex pareja durante la separación.
Por otro lado, las diputadas y diputados, aprobaron el dictamen que emitió la Comisión de Recreación y Deporte, y que resuelve diversas iniciativas para reformar la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de Aguascalientes.
El documento establece la inclusión en igualdad de oportunidades, mediante la participación de personas con diferentes capacidades en torneos locales que les permita su participación, el trabajo en equipo, ‘compañerismo’, y su inclusión en la sociedad.
Además, impulsa la realización de eventos deportivos con participación de atletas de diferentes países para mejorar el nivel competitivo, favoreciendo conjuntamente la participación de deportistas de la localidad en eventos internacionales.
Los deportistas que de acuerdo a su desempeño dentro del cuadro de medallas en la Olimpiada y Paralimpiada Nacional o sus equivalentes, serán estimulados durante el proceso competitivo siguiente.
El Director General del IDEA sea quien apruebe la contratación del personal de esta dependencia, de acuerdo con perfil requerido para ocupar el cargo, con el propósito de garantizar un sistema de servicios deportivos de calidad y el mejor desarrollo de los deportistas.
En otro punto del orden del día, avalaron el dictamen que formularon las Comisiones de Justicia y Servidores Públicos, y que resuelve la iniciativa de reforma y adición al Código Penal y a la Ley de Responsabilidades Administrativas ambas para el estado de Aguascalientes, turnada por el gobernador constitucional, Martín Orozco Sandoval.
Dicha modificación está encaminada a la armonización de la legislación en materia urbana.
La iniciativa castiga a quien fraccione, divida en lotes o construya en un predio rústico o urbano, propio o ajeno, sin contar con el permiso administrativo emitido por la autoridad correspondiente.
De igual manera, estipula castigos a quien, de forma directa o por medio de un tercero, inicie obras de urbanización o construcción de fraccionamientos, condominios, desarrollos especiales o cualquier edificación, sin respetar las restricciones establecidas.
Las sanciones van de los 5 a 15 años de prisión, y de 300 a 1000 días multa, además del pago de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados al responsable de Atentados al Desarrollo Urbano Ordenado.
Asimismo, fue avalado el dictamen que formuló la Comisión de Justicia, a través del cual reforman diversos artículos del Código de Procedimientos Civiles, mediante las cuales se regula el proceso de arrendamiento.
De esta manera, entre otras cosas, las modificaciones contempla que en el caso de que se suscite el abandono de la finca por parte del deudor, el acreedor podrá solicitar al juez la tenencia del bien inmueble, acompañado de un expediente en el que contengan imágenes fotográficas que constaten el hecho.