Era un día soleado y hacía mucho calor. El clima estaba bonito y Andrea se puso el vestido que hacía mucho tiempo no utilizaba; el color acetato de su piel lo pedía a gritos. Caminó quizás 20 minutos, probablemente más. A lo largo de aproximadamente cinco cuadras, sus piernas fueron vistas, saludadas, escaneadas, recibieron chiflidos y demás.
“No me detuve a hacerla de pedo porque me vieran, me saludaran, me chiflaran o incluso me desnudaran con la mirada”, dice Andrea. El acoso callejero es algo cotidiano sobre todo para las mujeres y es una expresión de la cultura eminentemente machista en México.
“Puedo jurar que son muchas las amigas, hermanas, madres, novias y conocidas que han sufrido o están sufriendo algún tipo de acoso o abuso”, afirma Andrea.
El 6 de julio de 2017, el Congreso de Aguascalientes aprobó una iniciativa del diputado del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Iván Sánchez Nájera, que convirtió el acoso callejero en una falta administrativa.
La propuesta buscaba sancionar esa práctica, pero hasta la fecha solo dos municipios lo han incluido en su catálogo de faltas administrativas.
¿Qué es el acoso y cómo se castiga?
La propuesta reformó la Ley Municipal y la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ambas para el Estado de Aguascalientes. En la primera, se determinó que el acoso callejero consistiría en:
—El hostigamiento a una persona en la vía pública, haya o no contacto físico
—Comentarios, gestos o expresiones de connotación sexual o discriminatoria en razón del género
—Acecho
—Actos de exhibicionismo
—Cualquier práctica que vulnere la integridad de las personas o genere inseguridad en su transitar por los espacios públicos
—Cualquier otra formas análoga que por acción u omisión, lesione o pueda lesionar la dignidad, integridad o libertad de las mujeres
En la Ley Municipal se estableció que quienes cometan acoso callejero deberán tomar cursos de concientización impartidos por las dependencias municipales correspondientes (institutos de las mujeres) para evitar la reincidencia en esa falta administrativa. La reforma dio a los ayuntamientos un plazo de 6 meses, a partir de su entrada en vigor el 11 de julio de 2017, para que adecuaran sus reglamentos y Códigos Municipales y establecieran sanciones por acoso callejero. El plazo venció el pasado 17 de enero y solo tres ayuntamientos cumplieron.
Solo tres cumplen
O Más de dos meses después de vencido el plazo, Aguascalientes, Tepezalá y Pabellón de Arteaga son los únicos que han tipificado el acoso callejero como falta administrativa. Todos lo hicieron fuera de tiempo, según respondieron a las solicitudes de información presentadas por Newsweek Aguascalientes.
1 Aguascalientes
En el Código Municipal de la capital, las modificaciones se avalaron el 24 de enero y establecieron que quienes cometan acoso asistir a cursos de concientización del Instituto Municipal de la Mujer de Aguascalientes, que podrán considerarse trabajo comunitario.
El ayuntamiento de Aguascalientes también reformó el Reglamento del Instituto Municipal de la Mujer de Aguascalientes, en donde se instruye al instituto a impartir por sí mismo o a través de solicitudes de organizaciones civiles los cursos de concientización en materia de acoso callejero dirigidos a infractores.
2 Pabellón de Arteaga
El Cabildo de Pabellón avaló incluir el acoso callejero como una ‘falta a la tranquilidad ciudadana’ el 16 de febrero. Definió esa falta como: “Hostigar a una persona en la vía pública mediante acecho, actos de exhibicionismo, comentarios, gestos o expresiones de connotación sexual o discriminatoria en razón del género y cualquier práctica que vulnere la integridad de las personas o genere inseguridad en su transitar en los espacios públicos, independientemente de que haya o no contacto físico”.
Para sancionar esta práctica, estableció multas de entre cinco y 10 unidades de medida y actualización además de tomar cursos de concientización sobre equidad de género y prevención de la violencia contra las mujeres que imparta o coordine el Instituto Pabellonense de las Mujeres.
3 Tepezalá
En respuesta a la solicitud de información 45918, Tepezalá respondió que su Cabildo aprobó las reformas sobre acoso callejero el 26 de febrero de 2018.
Ahora, su Código Municipal señala que “son faltas sobre la violencia callejera todo acto que se realice en contra de una persona en la vía pública que, ya sea usando la fuerza física, algún tipo de arma u objeto que pueda provocar lesiones o cualquier acto que implique o pretenda dañar la estabilidad psicológica de la persona con insultos, humillaciones así como acciones que sean susceptibles de lesionar la dignidad, integridad o libertad para mujeres”.
Las sanciones a la violencia callejera son de tres a 10 días de salario mínimo vigente o arresto por 36 horas. El infractor también debe acreditar al menos tres horas de cursos de concientización en materia de erradicación de violencia de género impartidos por la o las dependencias facultadas para tal efecto (el municipio no tiene instituto de la mujer).
Los otros ocho ayuntamientos no solo no habían modificado sus Códigos al cierre de esta edición, sino que varios alcaldes y alcaldesas desconocían que debían reformarlos.
“Estamos analizando el tema. Obviamente tenemos que buscar que sea óptimo y de beneficio para todos los ciudadanos y que no se nos vuelva
un problema de seguridad social más grave. Veremos cómo va avanzando el tema en la Cámara de Diputados (sic.) y si es un beneficio para nuestros ciudadanos estaremos analizando la propuesta para llevar a cabo en el municipio”, refirió la alcaldesa de San Francisco de los Romo, Iraís Martínez.
Lorenzo Carrillo, presidente municipal de Asientos, aseguró que “hasta el momento el Congreso del Estado no nos ha dado a conocer esa parte que nos corresponde aprobar, no nos
han notificado”.
El diputado promotor de la iniciativa, Iván Sánchez Nájera, aseguró que todos los ayuntamientos fueron notificados sobre los cambios que debían realizar a los reglamentos después de su aprobación en el Congreso.
“Es obligatorio. Se hizo un exhorto para que adecuaran sus normatividades, pero aun así es de cumplimiento general. Si modifican sus códigos municipales puede imperar la sanción que ellos (los municipios) impongan, pero mientras no normen se aplica la reforma. Asimismo debieron haber usado los seis meses para campañas informativas y de sensibilización”, advirtió el perredista.
Otros alcaldes aseguraron que sus cabildos tienen las reformas en proceso. “Hay un proceso de revisión que nosotros tenemos y sin mayores problemas lo sacaremos adelante. Es algo que se puede sacar sin ningún problema, los regidores en el Cabildo no tendrán inconveniente para aprobarlo”, previó el edil de Rincón de Romos, Francisco Javier Rivera.
“La verdad, por parte de los regidores y de su servidor estamos haciendo un esfuerzo para que esto sea una realidad; yo creo que en unos dos meses puede salir lo que vamos a hacer en concreto en el municipio”, consideró Ramiro Salas Pizaña, presidente municipal de El Llano.
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