La Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO SERVYTUR MÉXICO) advirtió que la entrada en vigor de la llamada “Ley Silla”, publicada por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), ha generado una profunda incertidumbre operativa y jurídica en miles de centros de trabajo en el país, especialmente en los sectores de comercio, servicios y turismo.
La norma reconoce el derecho de las personas trabajadoras a contar con sillas con respaldo y pausas activas durante su jornada, pero no establece lineamientos técnicos mínimos. No define duración, frecuencia ni criterios por tipo de actividad, delegando a cada empleador la responsabilidad de determinar los esquemas de descanso mediante evaluaciones de riesgo y a las autoridades de acuerdo con cada entidad federativa aplicar criterios propios y diferenciados.
“Debemos de considerar que estamos frente a una reducción efectiva del tiempo de trabajo, sin un marco normativo claro. Las empresas deben cumplir, cuidar el bienestar de su personal y mantener la productividad, pero no tienen parámetros técnicos que les brinden certeza”, señaló el Dr. Octavio de la Torre de Stéffano, presidente de CONCANACO SERVYTUR.
Jornada efectiva: 6.5 a 7 horas reales trabajadas
Bajo una jornada laboral de 8 horas:
2 pausas activas de 15 minutos = 30 minutos
1 descanso de comida de 30 minutos
Total de tiempo no productivo pero sí pagado: 1 hora
Tiempo efectivo de trabajo diario: 7 horas
Esto significa que considerando una jornada laboral productiva de 7 horas al día durante 6 días a la semana, el tiempo de trabajo productivo es de 42 horas semanales, aunque el empleador cubre un salario por 48 horas. Es decir, se trabajan efectivamente 42 de 48 horas por semana.
En muchos casos, donde las pausas se amplían o se otorgan con mayor frecuencia, la jornada se reduce hasta 6.5 horas efectivas, lo que equivale a una disminución del 18.75 % en el tiempo operativo diario.
Esto impacta directamente la planificación de turnos, metas de productividad y costos operativos, especialmente para los negocios que dependen del flujo constante de consumidores, como es el caso de las micro, pequeñas y medianas empresas.
Impacto económico adicional
Cada trabajador formal recibe 39 % menos de sus salario, ya que ese porcentaje en promedio se aporta por el dueño y dueña de negocio familiar en cuotas obrero-patronales, IVA, ISR, impuestos sobre nómina y seguridad social, entre otros conceptos.
Cualquier nueva reducción de tiempo efectivo de trabajo agrava los desafíos financieros del sector formal, que ya enfrenta sobrerregulación y elevados costos de operación.
Aunque la STPS publicó lineamientos generales el 17 de julio, estos no definen aún los aspectos técnicos esenciales sobre las pausas activas, lo que genera ambigüedad y posibles interpretaciones arbitrarias.
CONCANACO SERVYTUR ha solicitado formalmente a la STPS la emisión urgente de lineamientos complementarios, que incluyan:
- Tiempos mínimos y máximos de descanso.
- Criterios proporcionales por tipo de actividad y tamaño de empresa.
- Mecanismos de implementación gradual y acompañamiento técnico-fiscal.
“La salud laboral debe construirse con normas claras, diálogo con el sector productivo y estrategias viables. Una buena intención sin reglas puede transformarse en una fuente de incertidumbre”, reiteró De la Torre.
La Confederación reitera su compromiso con el bienestar laboral, siempre que esté sustentado en claridad normativa, proporcionalidad y viabilidad operativa.
Seguiremos trabajando para que cada reforma laboral contribuya al bienestar real de las personas, sin afectar la productividad ni la viabilidad de los negocios que sostienen la economía nacional.