De los 34 Centros de Asistencia Social existentes en Guanajuato, diez están en proceso de obtener su registro y autorización para operar como parte de la red de resguardo de Procuraduría Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (Pepnna), la cual trabaja de forma coordinada con ellos a fin de que puedan obtener su aval.
Así lo informó la dependencia, luego de que una niña de siete años que, estando bajo resguardo del DIF de Celaya, falleció en un centro de asistencia de León.
Los Centros de Asistencia Social son espacios de cuidado alternativo o acogimiento residencial para niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o familiares que brindan instituciones públicas, privadas y asociaciones.
Los 34 CAS autorizados están en los municipios de: Celaya, Cortazar, Guanajuato, Irapuato, León, Salamanca, San Francisco del Rincón, San Miguel de Allende y Purísima del Rincón.
Para obtener la autorización para operar como Centro de Asistencia Social y posteriormente el Registro Estatal y Nacional, las instituciones deben presentar una solicitud debidamente requisitada y firmada por la persona que tenga la representación legal.
También se les solicita un documento con el que se acredite la personalidad jurídica de quien sea responsable de la coordinación o dirección del CAS o en su caso quien sea representante legal, con su identificación oficial vigente, comprobante de domicilio particular y del centro, el acta constitutiva pasada ante la fe de notario público y licencia de uso de suelo.
También se requiere el documento que ampare la legal posesión del inmueble, el esquema de financiamiento para operación del CAS.
Se requiere el modelo de atención del CAS en el que se desarrolle como mínimo el objetivo del centro de asistencia social, características, organigrama, áreas de atención o servicio especializado con que cuenta, capacidad máxima de alojamiento, número de niñas, niños y adolescentes que se encuentran bajo el acogimiento.
También se debe detallar la plantilla del personal del centro que incluya al responsable de la dirección o coordinación del Centro de Asistencia Social, representante legal, personal profesional y no profesional, precisando la actividad que realiza, voluntariado especificando la actividad que realiza y en su caso si ejerce alguna profesión en el centro
En caso de contar con servicio médico propio informar quien es responsable del área médica y agregar la constancia expedida por la autoridad sanitaria dependiente de la Secretaría de salud. Así como el dictamen o peritaje elaborado por autoridades de protección civil en el que se acredite que las instalaciones cubren con las condiciones de seguridad necesarias.
Finalmente, se debe acreditar satisfactoriamente la visita de supervisión que realiza Pepnna, para solventar las observaciones que se les formulen en la visita que se lleva a cabo una vez que se verifican el resto de los documentos.