Tijuana, B.C.- La presidenta del Colegio de Contadores Públicos de Baja California, Norma Eugenia Robles Ulloa, informó que las visitas que reciban los contribuyentes por parte de la autoridad fiscal tanto a nivel federal como estatal, deben seguir una serie de lineamientos. El primer paso es entregar un requerimiento al encargado del establecimiento con la fecha en que se hará la visita formal, de no seguir el proceso que marca el Código Fiscal de la Federación, se podría incurrir en una ilegalidad.
Esta declaración se da un día después que autoridades municipales se llevaron detenidos a unos comerciantes que encerraron a un auditor del SAT BC al interior de un local, privándolo de su libertad. El motivo de este acto, fue porque, aparentemente, el auditor primero llegó como un supuesto cliente y luego les solicitó documentación, alegando ser auditor.
“Para todos los actos de fiscalización que vaya a efectuar la autoridad, tiene que seguir ciertos protocolos, ciertas reglas, ciertos lineamientos que están establecidos en el Código Fiscal de la Federación, y en dado caso de que se cumplan todos estos requisitos, el contribuyente no se puede negar a que se hagan esa revisión o ese acto de comprobación para el cumplimiento de las obligaciones”, indicó Robles Ulloa.
Asimismo, agregó que, “No pueden llegar así nada más, vengo y te tengo que revisar… Tiene que haber una serie de lineamientos que se tienen que cumplir; llegan, tiene que haber un citatorio para que al día siguiente se encuentre la persona que va a atender el acto de molestia, y al día siguiente se inician los trabajos. Tiene que haber un procedimiento específico, y para eso, cualquier acto que se haga fuera de la ley, existe la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) donde puede acudir el contribuyente a manifestar su inconformidad, a presentar una queja y se le da el seguimiento para restablecer sus derechos”.
El artículo 49 del Código Fiscal de la Federación especifica en las fracciones II y III que, en las visitas domiciliarias por parte de la autoridad fiscal, el visitador debe entregar una orden de verificación al visitado; además, indica que los visitadores deberán identificarse con la persona que los atienda. N