Por adjudicación directa, el gobierno de Jaime Bonilla entregó los tres contratos millonarios de prestación de servicios para la limpieza y desazolve de la canalización del Río Tijuana y Arroyo Alamar.
El proyecto de 99.3 millones de pesos fue asignado sin mediar concurso a las empresas Proyectos y Desarrollos Savar, S.A. de C.V. (PRODESA); Constructora Makro, S.A. de C.V.; y MJ Industrial, S.A. de C.V.
De acuerdo a los contratos entregados por la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana (CESPT) a Newsweek Baja California, se otorgó la adjudicación a través de la paraestatal el 2 de julio, sin que a la fecha los convenios no se encuentran accesibles para los ciudadanos, como lo aseguró el gobernador Bonilla, a no ser que se soliciten vía Transparencia.
De las tres empresas beneficiadas con los convenios millonarios, el de Prodesa, representada por Jesús Sánchez Campos, fue la que obtuvo el monto más alto, al cobrar un total de 43.3 millones de pesos por la limpieza y desazolve de 3.50 kilómetros de la canalización Río Tijuana, de acuerdo al contrato DAD-CONFED-CESPT-02-20.
Constructora Makro, representada por Marco Antonio Santacruz Cuevas, obtuvo la adjudicación de obras de limpieza por 27.5 millones de pesos, se observa en el contrato DAD-CONFED-CESPT-02B-20
Por su parte, MJ Industrial, cuyo apoderado es Miguel Pérez Camacho, logró un acuerdo por 26.1 millones de pesos para el desazolve del arroyo Alamar, se lee en el convenio Número DAD-CONFED-CESPT-02C-20.
Contratista | Adjudicación | Total |
Prodesa | DAD-CONFED-CESPT-02-20 | $43,318,462.16 |
Makro | DAD-CONFED-CESPT-02B-20 | $29,793,223.63 |
MJ Industrial | DAD-CONFED-CESPT-02C-20 | $26,198,190.16 |
$99,309,875.95 |
Los trabajos de las tres firmas incluyeron desmonte, deshierbe, tala desenraice, retiro de basura, retiro de llantas hasta el centro de acopio autorizado en Mexicali, reubicación de diques de concreto, limpieza de taludes de concreto y carga de material, entre otras obras relacionadas con el desazolve y acarreo de material retirado de la canalización del Río Tijuana y del arroyo Alamar.
En todos los convenios se determinaron sesenta días como plazo de la ejecución de las obras.
En los tres convenios se asentó por igual la cláusula décima segunda, en la que se impone como causa de rescisión de contrato el que el prestador de servicios, y a juicio de la Comisión, “resulte falsa la información proporcionada en el concurso”, pero para la asignación del convenio no hubo ninguna licitación.