El pasado 2 de abril, una pareja de mujeres solicitó ante el Registro Civil, el permiso de contraer matrimonio, esperando una respuesta negativa y en consecuencia, ampararse legalmente, como ha ocurrido en últimos años. Sin embargo, la respuesta fue plenamente satisfactoria.
Esto, debido a la resolución de la a Suprema Corte de Justicia de la Nación en donde se anulan los artículos 143, 144 y el 313 bis del Código Civil del Estado de Aguascalientes, que rechazan la definición de matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer.
El documento que les fue entregado por parte de la Directora General del Registro Civil en Aguascalientes, señala que podrán llevar a cabo el matrimonio siempre y cuando cumplan con los requisitos que establece el artículo 90 del Código Civil, que contiene lo siguiente:
- Oficio de solicitud / Formato de solicitud de matrimonio proporcionado por la Dirección General del Registro Civil / Original
- Convenio / Convenio sobre régimen patrimonial proporcionado por la Dirección General del Registro Civil / Original (Sociedad conyugal o separación de bienes = capitulaciones matrimoniales)
- Acta de nacimiento de los contrayentes con fecha de expedición no mayor a 5 años / Original y copias
- Certificado médico / Documento expedido por la Secretaría de Salud o médicos particulares , sólo tiene vigencia de 15 días naturales / Original
- Análisis clínicos / Análisis clínicos prenupciales, deben de especificar tipo de sangre, VDRL, VIH, sólo tienen vigencia de 15 días naturales / Original
- Impresión de Certificado Único de Registro de Población (CURP) / Copias
- Constancia de pláticas prematrimoniales NO APLICA pero hay que pedir la dispensa directamente a la Dirección Jurídica de Registro Civil.
- Identificación oficial de los contrayentes y de los testigos -dos por cada uno- (credencial de elector, pasaporte, matrícula consular, credencial del IMSS y cartilla militar) / Original y copias
- Constancia de Soltería del lugar del registro de nacimiento cuando alguno de los contrayentes sea registrado en otro Estado (vigencia dos meses)
- Comprobante de domicilio de los contrayentes, con fecha de expedición no mayor a 3 meses a la fecha del matrimonio. Original y copias
- Comprobante de pago de matrimonio (Costos $1,495.00 a domicilio, $330.00 en oficinas del Registro Civil vigentes).
De acuerdo con Wilfrido Salazar Rule, abogado del caso, las pláticas prematrimoniales para personas del mismo sexo han sido negadas por el DIF Estatal, institución indicada para que las parejas asistan, por lo que se pedirá la dispensa de ese punto.
Esta solicitud marca un antecedente histórico en el estado, pues se logrará por primera vez un matrimonio igualitario sin necesidad de un amparo, y a pesar de que el Congreso Local continúe sin legislar a favor de estas uniones.