MÉXICO suscribió en 2007 la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas (de la ONU), sin embargo, las autoridades nacionales se han negado desde entonces a aceptar que el Comité que vigila la aplicación de este ordenamiento pueda analizar casos concretos de desaparición ocurridos en el país.
Se trata, pues, de una barrera que impide a las víctimas mexicanas acceder al marco internacional de protección, barrera que una mujer de 68 años, madre de tres jóvenes desaparecidos, se propone derribar. Su nombre es María Herrera Magdaleno, fundadora del Movimiento por la Paz, de la Red de Enlaces Nacionales, y del Colectivo Familiares en Búsqueda.
Tal como establece el artículo 30 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, el Comité de expertos encargado de velar por su aplicación tiene entre sus facultades la de examinar “de manera urgente” aquellas denuncias de desaparición que les hagan llegar familiares o personas con legítimo interés, con el objetivo de que este órgano internacional emita “recomendaciones al Estado Parte”, así como “medidas cautelares para localizar y proteger” a la víctima.
Además, una vez que el Comité tome cartas en el asunto, la Convención ordena que “proseguirá sus esfuerzos para colaborar con el Estado Parte, mientras la suerte de la persona desaparecida no haya sido desaparecida”.
Sin embargo, en México esto no ocurre debido a que, para que el Comité de expertos de la ONU intervenga en casos concretos, cada país debe antes aceptar expresamente la competencia de dicho comité —algo que el gobierno mexicano se ha negado a realizar, aun cuando la ONU así se lo ha pedido.
En contra de esta omisión de las autoridades mexicanas (que se ha prolongado por más de 10 años), el pasado 3 de marzo de 2018, la señora María Herrera –originaria de Michoacán y mamá de tres jóvenes desaparecidos–, decidió emprender una batalla legal para obligar al Estado mexicano a admitir la intervención del Comité de Naciones Unidas contra la Desaparición Forzada en casos específicos.
Raúl y Salvador, dos de los hijos de la señora María Herrera, desaparecieron en 2008 en Atoyac de Álvarez, Guerrero, en donde se encontraban para la compra de pedacería de oro para elaborar joyería artesanal. Ambos llegaron a Atoyac, junto con cinco compañeros, horas después de que en la zona se desarrollara un operativo de fuerzas de seguridad en contra de grupos del crimen organizado. Raúl tenía 19 años, y Salvador 24, al momento de su desaparición.
Dos años después, en 2010, Luis Armando, también hijo de María Herrera, desapareció junto con otros dos familiares, luego de que les marcaran el alto en un retén militar en Veracruz.
En la demanda de amparo interpuesta por la señora María Herrera, esta hace un detallado recuento de las averiguaciones previas iniciadas por las autoridades “sin ningún resultado”, y de la lucha por encontrar a sus hijos a través del Movimiento por la Paz, de la Red de Enlaces Nacionales y del mismo colectivo que ella encabeza, Familiares en Búsqueda.
“A partir de esta experiencia –detalla–, hemos constatado que, dada la insuficiencia de las garantías nacionales de los derechos humanos, en la crisis de impunidad que vive nuestro país se vuelven fundamentales las garantías internacionales (…) Hemos verificado que solo mediante el estrecho y continuo monitoreo internacional se generará la presión requerida para que los desaparecidos le importen al gobierno federal, y para que sean buscados.”
Por ello, se subraya en la demanda de amparo, es fundamental que el Comité de Naciones Unidas contra las Desapariciones Forzadas pueda intervenir ante casos concretos ocurridos en México.
Cabe destacar que, desde el año 2016, la Organización de las Naciones Unidas solicitó “enérgicamente al Estado parte (México) a reconocer la competencia del Comité para recibir y examinar” denuncias sobre desaparición forzada.
En respuesta, emitida en febrero de 2018, las autoridades mexicanas notificaron a la ONU que “el Estado mexicano ha tomado nota de la recomendación”, pero se negó a acatarla bajo el argumento de que es una decisión que “involucra la opinión de un gran número de instituciones relevantes”, razón por la cual “continúa bajo consideración”, aun diez años después de que la Convención fue ratificada por México.
La respuesta otorgada a la ONU, destacó la señora María Herrera, deja ver “la ausencia de voluntad del Estado Mexicano, representado por el gobierno federal y específicamente por la Secretaría de Relaciones Exteriores, para reconocer dicha competencia (del Comité). Y con ello, a quienes tenemos familiares desaparecidos se nos quita la posibilidad de acudir a una garantía internacional de nuestros derechos, que compense las deficiencias de las garantías nacionales”.
Tras la interposición de la denuncia, el Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México determinó que el razonamiento expuesto por la señora Herrera “es fundado”.
Para poder determinar si las autoridades mexicanas han omitido injustificadamente otorgar reconocimiento al Comité de la ONU en casos específicos de desaparición, un juez federal de amparo ordenó a la Secretaría de Relaciones Exteriores que presentara las pruebas de que, en estos diez años, ha estado realizando consultas interinstitucionales.
No obstante, aclaró la abogada Araceli Olivos, del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro –que da acompañamiento legal a la señora María Herrera y su familia–, la documentación proporcionada por el gobierno federal fue entregada al juez en sobre cerrado, y con la advertencia de que la señora María Herrera no podía acceder a ella, por ser “reservada”, según estipuló la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Este intento por mantener oculta la información, sin embargo, fue considerado por el juez como una transgresión a las normas en materia de transparencia, según las cuales “no podrá invocarse el carácter de información reservada cuando se trate de violaciones graves de derechos humanos” y ordenó que la señora Herrera y sus representantes legales puedan “conocer las causas por las cuales la autoridad responsable se ha abstenido de atender la recomendación de reconocer la competencia del Comité de Naciones Unidas contra las Desapariciones Forzadas”.
Lo que se busca con este amparo, explicó la abogada, es “exponer cómo una política exterior, en este caso la negativa a reconocer al Comité de la ONU, afecta el ejercicio de derechos, y cómo por esta vía se obstruye a las víctimas el acceso a la justicia internacional”.
Tanto la Presidencia de la República como la SRE, en contra de quienes fue interpuesta la demanda de amparo, “siempre han mantenido un discurso de apertura a los tratados internacionales en materia de derechos humanos –detalló la abogada–, y repiten siempre que México es uno de los países que más tratados en la materia ha firmado. Pero eso contrasta con la realidad: que en México actualmente ningún familiar de personas desaparecidas tiene la posibilidad de exponer su caso ante la ONU”.
Según los registros oficiales, en México hay al menos 38 mil víctimas de desaparición forzada.
El juicio iniciado, detalló la representante legal de la señora María Herrera, está en marcha, pero ahora cuentan con la posibilidad de acceder a los argumentos de las autoridades, para rebatirlos, y “lograr que todas las familias de personas desaparecidas en México puedan acceder a la justicia universal”.