El Congreso de Aguascalientes aprobó esta semana una serie de reformas en el Código Civil del Estado, con el objetivo de establecer la obligatoriedad de los padres a dar alimento a sus hijos e hijas desde el momento de la concepción, o bien, de cubrir los gastos destinados para esta exigencia.
Con 22 votos a favor, se aprobó el proyecto presentado por la diputada María de Jesús Díaz, en el que se establecieron modificaciones en los artículos 339, 345 y 347 del Código Civil. De acuerdo con la propuesta, el objetivo de la reforma es “salvaguardar el bienestar de los hijos e hijas, y atender el principio del interés superior del menor en relación con el principio de igualdad y no discriminación”.
“Se requiere fortalecer el marco normativo, para regular todas las garantías necesarias para que este derecho alimentario se cumpla en todo momento y bajo cualquier circunstancia, pues de ello depende la supervivencia de todo ser humano”, expuso la legisladora. “El derecho alimentario no es una opción, sino una obligación”.
Con esta aprobación, el Código Civil del Estado establece que:
-El Juzgador deberá allegarse de los medios de prueba pertinentes para conocer la capacidad económica del deudor o deudores, y las necesidades de los acreedores alimentarios, que le permitan fijar la pensión correspondiente, atendiendo el principio de proporcionalidad.
-Con la finalidad de hacer más asequible el acceso al derecho de alimentos, se incluyen los fideicomisos o cualquier forma de garantía que resulte suficiente a juicio del juez, además de otras vías ya establecidas como la hipoteca, prensa, fianza o depósito.
-Cuando la persona obligada a proporcionar alimentos no estuviese presente o se rehúse a entregar lo necesario para los alimentos, será responsable de los gastos que éstos se hubieran efectuado o las deudas que se hayan incurrido a la deuda principal.
Continúan denuncias por incumplimiento
Por otra parte, el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública indica que, entre enero y octubre de este año, se han presentado 256 denuncias por el delito de incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar en Aguascalientes.
Tan solo en el mes de octubre pasado se iniciaron 30 carpetas de investigación por parte de la fiscalía estatal.
El Código Penal de Aguascalientes establece en su artículo 131 que a los responsables de este ilícito se le aplicarán de entre 6 meses y 3 años de prisión, y estará obligado a pagar la reparación de los daños y perjuicios ocasionados en relación con la víctima.