En lo que va del año, la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente (PROESPA) ha recibido alrededor de 975 reportes sobre casos de maltrato animal, principalmente a caninos y felinos, informó el titular de la dependencia, Héctor Anaya Pérez.
“De los 1,500 reportes que hemos recibido en la procuraduría en el transcurrir de este año, el 65% corresponde a maltrato animal; de estos 1,500 reportes se han formalizado 300 denuncias y de esas el 20% corresponden a maltrato animal”.
La mayor incidencia de reportes se ha registrado en los municipios de Aguascalientes y San Francisco de los Romo, siendo los principales motivos el abandono de los propietarios, falta de alimentos, animales encadenados y hacinamiento.
“Lo más recurrente son animalitos que se les deja inmovilizados, encadenados, no pueden tener su desarrollo habitual, se les deja en la azotea, su resguardo sin agua, sin alimento o también casos de hacinamiento donde no hay la higiene necesaria y llega la jefa de los vecinos y casos muy extremo de maltrato”, resaltó.
Los animales domésticos que son detectados en condiciones de maltrato son asegurados por la PROESPA, en donde se inicia un proceso administrativo para verificar las condiciones del caso y sancionar las acciones u omisiones de los propietarios, mientras que las mascotas pueden ser dadas en adopción.
“Los llevamos a la procuraduría, se abre un procedimiento, primero se estabiliza al animal para que esté en condiciones de estar en una asociación protectora de animales o con rescatistas voluntarios, y conforme se va substanciando el procedimiento administrativo ya es posible darlo en adopción responsable”.
Las sanciones administrativas para quienes llevan a cabo actos de maltrato animal pueden ir de los 89 a los 44 mil 810 pesos.
“La sanción puede ir de una UMA (Unidad de Medida y Actualización) hasta 500 UMA´s, también hay una responsabilidad penal en los casos más extremos”.
Asimismo, en algunos casos se puede configurar el delito de Atentados contra el equilibrio ecológico, incluido en el artículo 191 del Código Penal del Estado de Aguascalientes en su fracción VI, el cual señala lo siguiente:
“Causar la muerte o lesiones que afecten la salud de animales domésticos, sin justificación o autorización legal. Los animales domésticos serán aquellos que habiten con un ser humano con la finalidad de convivir y dependan de este para subsistir, así como los que deambulen libremente por la vía pública, sin que habiten con un ser humano”.
La sanción a quien cometa este delito es de 1 a 3 meses de prisión, de 10 a 50 días de multa, el pago de la reparación de los daños y perjuicios, así como de 1 a 6 meses de inhabilitación para poder realizar cualquier actividad relacionada con la salud, cuidado, resguardo o comercio de animales.
Al respecto, Héctor Anaya informó que se han turnado tres casos de maltrato animal a la Fiscalía General del Estado, de agosto a la fecha, en los que se podría configurar el tipo penal descrito en la legislación.
“Recientemente nos reunimos con el fiscal y los procesos están en desarrollo, tenemos tres casos que son ya de un proceso de responsabilidad penal”, concluyó el funcionario estatal.