Un importante rezago en materia de transparencia y publicación de las sentencias registran la mayoría de los poderes judiciales estatales en el país, de acuerdo al último informe denominado “(In) Justicia Abierta” de la organización civil “EQUIS”, Justicia para Mujeres.
El estudio incluye 10 indicadores sobre la forma en la que los impartidores de justicia de los poderes judiciales estatales garantizan, o no, la transparencia, la rendición de cuentas y la participación ciudadana. Los datos fueron proporcionados a través de solicitudes de información a las plataformas de transparencia.
Los datos refieren el número de sentencias que se publicaron en el año 2017, cuántas fueron consideradas como de “interés público”, los mecanismos de participación ciudadana implementados y el presupuesto destinado a las unidades de transparencia.
De acuerdo a Fátima Gamboa Estrella, coordinadora del área legal de la organización, en un rango de calificación del 0 al 100 por ciento en el nivel de cumplimiento, en el que 100 es la cantidad máxima, ningún poder judicial estatal logró sobrepasar el 50 por ciento.
Yucatán fue el mejor posicionado, con el 47.5%, seguido de Chihuahua y San Luis Potosí con el 45%; en contraparte, Aguascalientes, el Estado de México, Puebla y Morelos obtuvieron los últimos lugares de cumplimiento, con el 0%.
Publicación de sentencias
De acuerdo a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información, en su artículo 18, los Poderes Judiciales están obligados a documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones, es decir, deben contar con un registro de todas las sentencias que han emitido, además de hacerlas públicas para la consulta de los ciudadanos.
Al respecto, sólo 14 de los 32 poderes judiciales de los estados tienen un apartado en sus portales de Internet en el que se pueden consultar las sentencias emitidas. Aguascalientes no figura dentro de dicha lista, ya que la información se consideró como “inexistente” o se respondió una cosa errónea. En este mismo supuesto se encuentran los estados de Coahuila, Guanajuato, Jalisco, Nayarit, Nuevo León, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala y Zacatecas.
En 2011, se modificó el artículo 73 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información, obligando a los poderes judiciales a publicitar únicamente las sentencias consideradas como “de interés público”, lo que favoreció una mayor opacidad, ya que antes de ser publicadas, las sentencias debían pasar por un análisis para definir cuáles podrían ser consideradas como de “interés público”.
“No existe una definición clara de lo que es interés público, y por lo tanto ha sido el pretexto perfecto de muchos poderes judiciales que, de manera arbitraria y heterogénea, están decidiendo qué publicar y qué no publicar”, señaló
Durante 2017 el Poder Judicial del Estado no consideró alguna sentencia dentro de este supuesto. Incluso, no cuenta con lineamientos claros y definidos para determinar los criterios de “interés público” en las sentencias.
“Aguascalientes dijo que tenía casi 40 mil sentencias dictadas, pero de esas ninguna consideró que era de interés público. A nivel general, sólo el poder judicial de Durango es el que publica todas las sentencias que hayan causado estado, pero el 96% no lo hace”, añadió Gamboa Estrella.
Cabe destacar el caso de San Luis Potosí que considera “de interés público” todas las sentencias emitidas por el Poder Judicial del Estado, mismas que son publicadas en su portal de transparencia. Sin embargo, sólo el Poder Judicial de Durango publica en su portal las sentencias a las que le obliga la ley.
Los casos más preocupante en la impartición de justicia son los de Hidalgo y Nayarit, en donde los jueces deciden cuáles sentencias tienen la calidad de “interés público y, por lo tanto, deben ser publicadas.
Sin presupuesto, ni acciones para fomentar la transparencia
Los últimos indicadores del informe son los relacionados al presupuesto y las acciones destinadas para la promoción de la transparencia pro-activa en los poderes judiciales de los estados.
De acuerdo al artículo 24 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información, los poderes judiciales tienen la obligación de “difundir proactivamente información de interés público para la sociedad”, a través de acciones que permitan dar a conocer de forma práctica y sencilla la impartición de justicia y el cumplimiento de sus obligaciones de transparencia, sin embargo ningún poder judicial del país cumple con esta responsabilidad.
En sus atribuciones, los poderes judiciales tienen la responsabilidad de llevar a cabo acciones para incentivar la participación ciudadana con la sociedad civil, el ámbito académico y la iniciativa privada. Sin embargo, sólo siete de ellos llevan a cabo algún tipo de mecanismo de participación (Coahuila, Guanajuato, Ciudad de México, Jalisco, Nuevo León, Oaxaca y Yucatán).
Tampoco se cuenta con acciones para garantizar el acceso a la justicia en igualdad de condiciones para sectores vulnerables de la población, como personas con discapacidad o de comunidades indígenas. Chihuahua fue el único poder judicial que manifestó contar con un sistema braille para la difusión de las sentencias para personas con discapacidad visual.
“Aguascalientes reportó no tener una medida. Sí nos contestó pero nos respondió diciéndonos que eran un órgano muy sensible a estos temas, pero no nos contestaron qué se estaba haciendo realmente en este tema”, indicó la activista.
En el caso de Aguascalientes, el órgano judicial respondió que como esquema de participación ciudadana se tiene un programa de becas para hijos de trabajadores del Poder Judicial, no obstante, no representa como tal una medida de participación ciudadana.
Algunos de los poderes judiciales manifestaron realizar como acciones de “participación ciudadana”: donaciones de juguetes, entregas de despensas, jornadas de salud visual o conferencias, las cuáles no son consideradas como finalidad de la participación ciudadana.
Por último, el informe agrega un apartado en el que cuestionan a los poderes judiciales el presupuesto aplicado en sus respectivas unidades de transparencia. En este sentido, sólo 12 de las 32 unidades de transparencia cuentan con presupuesto.
En el caso de Aguascalientes, no se cuenta con presupuesto para dicha área, lo que complica el cumplimiento de las obligaciones de transparencia.
Por lo anterior, la organización “EQUIS, justicia para mujeres” señala dentro de sus conclusiones que “hay una falla institucional grave, debido a que los poderes judiciales locales en México no conocen sus obligaciones de transparencia y acceso a la información, y quiénes sí las conocen no están interesados en cumplirlas”.