LA CORTE Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) comenzó hoy la revisión del caso de Manuela, una mujer salvadoreña de 33 años que llegó con una emergencia obstétrica a un hospital donde su caso se catalogó como aborto inducido, por lo que no se le dio la atención médica adecuada.
Ello a pesar de que la mujer presentaba muestras visibles de preclamsia y endurecimiento de placenta, síntomas que no están relacionados con una interrupción voluntaria del embarazo, según se expuso en la audiencia pública.
Manuela, quien tenía dos hijos pequeños, fue encarcelada por la pérdida involuntaria de su embarazo y falleció en prisión por un cáncer que no fue tratado adecuadamente, de acuerdo con el peritaje del ginecoobstetra Guillermo Ortiz, quien compareció ante la Corte IDH hoy por la mañana.
La Corte aceptó el caso en 2019 con los alegatos de que el Estado salvadoreño “violó el derecho a la libertad personal por la detención ilegal de la presunta víctima, tomando en cuenta que fue detenida el 28 de febrero de 2008 bajo la figura de flagrancia sin que se llenaran los requisitos para ella y mientras se encontraba recibiendo asistencia médica en el Hospital Nacional de San Francisco de Gotera”.
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La historia que se ha difundido es que, en 2008, Manuela sufrió una complicación obstétrica al dar a luz durante su tercer trimestre de embarazo. Desde el momento en que llegó al hospital, el personal de salud clasificó su caso como “aborto” y llamó a las autoridades, pues según argumentó el propio perito, el Estado salvadoreño obligaba a sus profesionales de salud a denunciar la interrupción voluntaria del embarazo.
En el hospital, Manuela fue encadenada a su cama y acusada de asesinato. La condena fue de 30 años de prisión por cargos de homicidio agravado, sin contar con una defensa adecuada. Tras meses en prisión, Manuela fue diagnosticada con un linfoma de Hodgkin avanzado, a lo cual se podría haber atribuido su complicación obstétrica, según explicó el perito.
Ortiz agregó que, en caso de haber recibido atención adecuada ante su emergencia obstétrica, incluso se habría pedido la intervención oncológica ante el cuadro que Manuela presentaba al llegar al área de urgencias.
Manuela recibió quimioterapia estando en prisión y falleció en 2010. “Tuvo que haber sido más afortunada”, comentó el perito, ante los cuestionamientos del Estado salvadoreño, durante su comparecencia en la Corte.
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Del tiempo que trabajó para el Ministerio de Salud del Salvador, Ortiz dijo que el Estado pedía que se notificaran los casos de aborto. “Era el mismo teléfono en donde se reportaban a las víctimas de agresión. Esa era la indicación. Y si es un lineamiento, es de estricto cumplimiento. Solo nos quedaba trasladar la información a los subalternos para que se tomaran acciones para el cumplimiento”, respondió.
Dado que el cuadro de emergencia se presentó a las 38 semanas de embarazo, el perito insistió en que no podía confundirse con una interrupción inducida. El experto también respondió que el caso de Manuela fue una combinación entre negligencia médica y la presión que ejerció el personal médico para denunciar abortos. “El que hubiera policía presente también pudo intimidar al personal”, comentó Ortiz.
Se espera que la “Audiencia Pública del Caso Manuela y otros vs. El Salvador” continúe mañana. El litigio ante el organismo internacional fue presentado por el Centro de Derechos Reproductivos y la Agrupación Ciudadana para la Despenalización del Aborto en El Salvador, que ha declarado que las conclusiones serán un precedente para “garantizar el derecho a la vida, integridad y salud de las mujeres, incluyendo a las mujeres privadas de su libertad”. N