A partir de este lunes, la empresa de transporte por aplicación móvil, Uber, incrementó sus tarifas convencionales en un rango de entre un 16 y un 20% para la categoría “UberX” en la ciudad de Aguascalientes, según dio a conocer a sus usuarios a través de correos electrónicos y mensajes de texto.
La medida se toma para que “el usuario viva una mejor experiencia y se eviten los recorridos sin utilizar la aplicación móvil”.
De esta forma, la tarifa base pasó a $7.00 pesos. Por kilometraje se incrementó a $3.50 pesos y por minuto a $1.25 pesos; la tarifa mínima de $20.00 pesos se mantiene sin modificación.
En la página de Internet de Uber se publica una tabla comparativa con la antigua y la nueva tarifa para algunos destinos de Aguascalientes:
Por otra parte, en los conceptos de cobro de la tarifa se incluye un apartado de “contribución estatal” que corresponde al 1.50% de cada recorrido contratado, según lo estipulado en la Ley de Movilidad para el Estado de Aguascalientes en su artículo 209: “Aportar a favor del estado trimestralmente, cuando menos el 1.5% del total de los ingresos generados por viajes contratados por medio de la plataforma administrada por cada empresa, los cuáles serán destinados al Fondo Estatal de Movilidad”.
Además de la contribución económica, las empresas de redes de transporte tienen la obligación de estar registradas ante la Coordinación General de Movilidad (CMOV) y proporcionar el registro de operadores y vehículos inscritos en sus bases de datos, así como cualquier otra información disponible que se le solicite por motivos de seguridad.
El incremento a las tarifas de Uber se da en medio de una coyuntura en la que concesionarios del transporte público y el gobierno estatal analizan un posible incremento en las tarifas en caso de que las condiciones de prestación del servicio mejoren en los próximos meses.
De acuerdo a la Ley de Movilidad para el Estado de Aguascalientes, en su artículo 144, “la determinación de la CMOV por medio de la cual se fije la cuantía de las tarifas, se publicará a más tardar el último día de marzo de cada año en el Periódico Oficial del Estado, en los periódicos de mayor circulación del estado y en cualquier otro medio que se estime oportuno”.