Tijuana, B.C.- Las reformas al Código Civil de Baja California con las que se permiten los cambios de nombre y género sigue siendo inconstitucional ya que las personas en contexto de movilidad que se encuentran viviendo el estado no tienen la posibilidad de acceder a estos cambios, aseguró Ma. Teresita Díaz, integrante del departamento de Incidencia Política de Comunidad Cultural de Tijuana LGBTI (Cocut).
“Con esta última ley que tuvimos y se aprobó en el Congreso, volvemos a empezar porque aunque se haya aprobado la cuestión de los menores de edad sigue siendo inconstitucional, entonces, nos dedicamos a hacer trabajo, mientras que otras personas se ponían a difamarnos, a hacer marchas, lo que nosotros hicimos nuestra nueva acción de inconstitucionalidad sobre el decreto 442 porque están dejando fuera a las personas migrantes, y nosotros somos un estado donde las personas migrantes existen, fluctúan y también están”, explicó la también activista.
Agregó que, otra de las cuestiones que deben ser modificadas es el término “menores” y sustituirlo por “niñas, niños y adolescentes” porque la Suprema Corte de Justicia generó jurisprudencias en las que se establece que los adultos como personas no pueden restarles una figura a las infancias al llamarles “menores”.
Destacó que, al hablar de leyes y garantías, la finalidad es que ninguna persona quede fuera en el acceso a derechos en materia de identidad. Asimismo, argumentó que, en el caso de las personas migrantes, en muchos casos no pueden volver a sus lugares de origen para realizar el trámite de cambio de nombre y género o hacer algún trámite necesario para este tipo de cambio de datos porque sus vidas corren peligro, es por ello la necesidad que también sean incluidas en las reformas a nivel estatal.
Al respecto de la recolección de firmas por organizaciones civiles para proponer una iniciativa de ley que no permita la transición física en niñas, niños y adolescentes, sostuvo que, si estos movimientos son promovidos por organizaciones religiosas están violando derechos constitucionales establecidos en los artículos 3ro, 4to, 5to, 8vo en su fracción cuarta, en los que se indica que deben respetar los Derechos Humanos de todas las personas en México. N