El especialista en derecho penal electoral, Daniel Guzmán, indicó que, en caso de que algún periodista o medio de comunicación divulgue o publique información que no esté relacionado con el cargo de una mujer que sea relativo a su vida personal, con estereotipos de género, se estará incurriendo a un delito electoral, ya que entra en el tema de violencia política contra la mujer en razón de género.
Mencionó que, el delito de violencia contra la mujer en razón de género tiene una pena de prisión entre 4 a 6 años, reiterando que, en el caso de los periodistas, podrían incurrir a este delito debido a que publican información privada con el fin de perjudicar la imagen de alguna servidora pública.
Del mismo modo, explicó que, el delito electoral que tiene una pena mayor es el uso de programas sociales con fines electorales, el cual es el único delito que tiene la modalidad de pena privativa oficiosa y justificada.
“Lo interesante es que tiene la prisión preventiva justificada, en este caso para los servidores públicos que utilicen este tipo de programas sociales con fines electorales”, agregó Daniel Guzmán
También manifestó que, antes la mayoría de los delitos electorales estaban en el Código Penal Federal, aunque cada estado de la república contaba con un apartado de delitos electorales. Sin embargo, con la reforma política del 2014, se llevó a cabo una abrogación en los delitos de los códigos penales estatales y se creó la Ley General en Materia de Delitos Electorales.
“Ahí viene todo lo que investiga la Fiscalía Especializada, nosotros debemos de investigar todas las conductas que pueden ser tipificadas como delitos, es lo que vamos a investigar”, explicó.
Respecto a las quejas por propaganda en material electoral, Daniel señaló que, es una cuestión administrativa, por lo que se tiene que levantar una denuncia ante el Instituto Estatal Electoral de Baja California o con el Instituto Nacional Electoral, ya que a la FEPADE solo le compete lo que indique la Ley General en Materia de Delitos Electorales, en el cual, se puede encontrar todos los delitos de manera simplificada. Resaltó que, hay alrededor de 27 artículos en la Ley General, no obstante, en el apartado de delitos, cada artículo tiene entre 10 a 15 fracciones, poniendo como ejemplo la violencia política de mujer contra la razón de género, el cual tiene 14 fracciones. N