A unas horas de la reincorporación de médicos internos y pasantes de las áreas de la salud a las instituciones públicas de salud, la Universidad Autónoma de Aguascalientes (UAA) emitió un comunicado en el que se deslinda de la situación, al señalar que no existe facultad legal para intervenir en la reanudación de los campos clínicos.
De acuerdo al documento, son las autoridades sanitarias las que definirán las condiciones en las que se dará la reintegración de los pasantes y médicos internos.
“La facultad legal única, exclusiva e irrestricta de convocarlos a retomar sus labores y sumarse al esfuerzo social de salud corresponde a las autoridades sanitarias. En otras palabras: la universidad no tiene absolutamente ninguna potestad para tomar decisiones al respecto”, menciona el comunicado.
En este sentido, la UAA deja a consideración de las autoridades sanitarias las acciones que habrán de tomarse en los casos en los que los estudiantes sin riesgos y comorbilidades decidan no presentarse a los hospitales.
“A quienes decidan no reincorporarse en las fechas y términos en que los han convocado las autoridades sanitarias, la UAA les enfatiza que la eventual reincorporación posterior a sus plazas, así como las condiciones y los tiempos específicos para hacerlo, corresponden por entero a la decisión y potestad exclusiva de dichas autoridades”, agrega.
Por otra parte, el posicionamiento de la máxima casa de estudios en el estado puntualiza el déficit de personal médico que se tiene en las instituciones públicas de salud para la atención de otros padecimientos ajenos al coronavirus Covid-19, por lo que la UAA pugna por la reintegración de sus estudiantes.
“En estos momentos nuestro país tiene una enorme necesidad de profesionales de la salud –formados y en formación- que ayuden a cubrir estas importantes carencias de personal para la atención de enfermos. La UAA no adoptará ninguna postura que debilite la respuesta médica que se tiene que dar a la sociedad –a la cual como institución pública- nos debemos”.
Finalmente, el documento menciona que la UAA adoptará un programa de seguimiento diario puntual de los médicos internos de pregrado y de los pasantes de servicio social a fin de verificar las condiciones en las que se encuentren desempeñando sus funciones en áreas de bajo riesgo y lejos de espacios Covid, además de proveerles de materiales de protección y seguridad para el desempeño de sus actividades.
Actualmente la UAA cuenta con alrededor de 200 pasantes de servicio social y 150 médicos internos desplegados en hospitales, clínicas y centros de salud del ISSEA, IMSS e ISSSTE.
Médicos internos son responsabilidad de las instituciones educativas: López Gatell
Sobre el tema, en la rueda de prensa de este sábado para actualizar los datos del coronavirus Covid-19 a nivel nacional, el subsecretario de Salud, Hugo López Gatell, mencionó que al tratarse de estudiantes que aún no se han titulado y que no están contratados en los hospitales, la responsabilidad de las decisiones radica en sus universidades, por lo que ellas son las que deben definir si los médicos internos y pasantes regresan o no a los hospitales.
“La responsabilidad de la seguridad de las y los estudiantes es de las instituciones educativas, algunas de ellas decidieron de manera unilateral retirar a las médicas y médicos internos y están en su derecho, si consideran que es el mecanismo más efectivo de garantizar la seguridad de los estudiantes”.
Cabe destacar que de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana 009-SSA3-2013, relativa a la Educación en la Salud, especialmente en los campos clínicos para la prestación del servicio social de Medicina y Estomatología, señala lo siguiente:
5.1 El servicio social de las profesiones de Medicina y Estomatología es responsabilidad de las instituciones de educación superior, y se llevará a cabo conforme a lo establecido en esta norma y en las demás disposiciones jurídicas aplicables.
5.2 Los aspectos docentes y el programa académico del servicio social, se deben regir por lo que establecen las instituciones de educación superior, de conformidad con las atribuciones que les otorgan las disposiciones propias de su organización y funcionamiento y lo que determinen las autoridades educativas competentes.
En el caso de las instituciones de salud:
6.2 Establecer en coordinación con la institución de educación superior y las autoridades estatales, municipales y de la localidad, los mecanismos de protección a la integridad física de los pasantes durante la prestación del servicio social.
En el caso del ISSEA, se menciona lo siguiente:
7.2 Programar la adscripción de más de un pasante en el campo clínico siempre que este cuente con la infraestructura e insumos necesarios para ello y las necesidades de la localidad lo justifiquen.
Finamente, los pasantes tienen la posibilidad de:
8.2 Informar a las instituciones de salud y de educación superior, cuando observen problemas en la infraestructura del campo clínico o exista deficiencia en el abasto de insumos, al inicio y durante la prestación del servicio social, para que las mismas procedan a atenderlas en el ámbito de su competencia.
8.3 Denunciar ante las autoridades competentes de la localidad e informar a las instituciones de salud y de educación superior, cuando se presente algún incidente que afecte la prestación del servicio social o considere que pone en riesgo su integridad física, para que las mismas procedan a atenderlo en el ámbito de su competencia.
Para la validación no sólo se adhirió el Instituto de Salud del Estado de Aguascalientes, sino que también participó activamente en su elaboración la Subdirección de Enseñanza, Capacitación e Investigación del instituto, de acuerdo a lo estipulado en la propia norma.
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