La autoridad fiscal incluyó en la Resolución Miscelánea Fiscal un criterio que establece que los anfitriones de alojamientos residenciales con fines turísticos tendrán que pagar ISR e IVA, con lo que el hospedaje informal podrá contribuir a los programas de fortalecimiento turístico en Aguascalientes, señaló la presidenta de la Asociación Mexicana de Hoteles y Moteles de Aguascalientes AMHMA, Gloria Romo Cuesta.
La Ley del IVA establece que las personas físicas y morales que en el territorio nacional otorguen el uso o goce temporal de bienes, se encuentran obligadas al pago del impuesto; se entiende por uso o goce temporal de bienes, el arrendamiento, el usufructo y cualquier otro acto, independientemente de la forma jurídica que al efecto se utilice, por el que una persona permita a otra usar o gozar temporalmente bienes tangibles a cambio de una contraprestación.
Se ha observado que existen plataformas tecnológicas que permiten enlazar a los denominados anfitriones (dueños de inmuebles o representantes de ellos) con los huéspedes (usuarios de la plataforma, es decir, los clientes) con la finalidad de que los anfitriones les presten servicios, principalmente de hospedaje en el país. Al respecto, se considera que los servicios que los anfitriones ofrecen mediante dichas plataformas, son servicios de hospedaje, y por ende empresariales, destacó Romo Cuesta.
Al destacar que en Aguascalientes existen 295 establecimientos de Airbnb, con una capacidad de 600 cuartos para atender a 1444 huéspedes, cifras proporcionadas por la Secretaría de Turismo en el Estado.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) avanza en su plan para cobrar impuestos a las plataformas digitales de alojamiento como Airbnb y HomeAway; en la miscelánea fiscal para 2019, la autoridad adicionó un criterio que establece que los ingresos obtenidos por servicios de hospedaje a través de plataformas tecnológicas están obligados al pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Existen contribuyentes, personas físicas y morales que a través de una plataforma tecnológica otorgan hospedaje sin pagar el IVA e ISR por dicha actividad, aquellos contribuyentes que omitan el pago de IVA e ISR correspondiente por otorgar el hospedaje mediante el uso de plataformas tecnológicas; así como quien asesore, aconseje, preste servicios o participe en la realización o implementación de la práctica anterior, se encontrarán fuera de la legalidad, aseveró la presidenta de la AMHMA
Lo anterior implica que los anfitriones de alojamientos residenciales con fines turísticos como Airbnb y HomeAway tendrán que pagar ISR e IVA, pues no hacerlo será considerado por el SAT como una “práctica fiscal indebida”, reiteró.