La diputada local del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Elsa Amabel Landín Olivares, presentó una iniciativa que busca ampliar el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa para que se incluyan el estupro, hostigamiento sexual y atentados al pudor, cuando las víctimas sean menores de 18 años de edad.
Durante el apartado de asuntos generales de la sesión de este jueves, la legisladora dio a conocer las modificaciones al artículo 75-A del Código Penal para el Estado de Aguascalientes para reclasificar algunas actividades delictivas como delitos graves, y de esta manera quienes incurran en ellos deberán mantenerse en prisión durante varios meses, mientras se realizan las investigaciones, evitando así que lleven su proceso en libertad.
El estupro se refiere a sostener relaciones sexuales con una persona de entre 12 y 16 años de edad, bajo su consentimiento, pero a base de seducción o engaños.
El hostigamiento sexual se refiere al asedio con fines lascivos que se realice sobre cualquier persona, de la que se aproveche de su posición jerárquica, de la necesidad o desventaja de la víctima, que repercuta en intimidaciones, degradaciones o humillaciones a la víctima.
Por su parte, los atentados al pudor son los actos erótico sexuales, sin consentimiento de la víctima, sin el propósito de llegar a sostener relaciones sexuales. En este supuesto se contemplan: caricias, manoseos y tocamientos corporales obscenos, entre otros.
Con la elevación a delitos graves “se busca salvaguardar el derecho de las niñas, niños y adolescentes a un normal desarrollo psico-sexual, como una forma pertinente de atender la problemática sobre la descomposición del tejido social”, señala el dictamen.
De acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (OMS), se estima que la prevalencia de victimización sexual a nivel mundial es del 27% en niñas y del 14% en niños, siendo los victimarios las personas cercanas a su círculo social más próximo, es decir, integrantes de sus propias familias.
Desaparición forzada y enriquecimiento ilícito, también serían delitos graves
Además de los delitos de índole sexual, la propuesta de Elsa Amabel Landín también busca incluir como delitos graves, y por lo tanto que ameriten prisión preventiva oficiosa, al enriquecimiento ilícito, desaparición forzada de personas, abuso de autoridad y el abigeato calificado
El enriquecimiento ilícito es considerado en el artículo 176 Bis del Código Penal del Estado como “la imposibilidad del servidor público para acreditar el aumento legítimo de su patrimonio o la legítima procedencia de los bienes a su nombre o de aquellos, respecto de los cuáles se conduzca como dueño”.
La desaparición forzada de personas señala la detención de una persona y privarla de su libertad por parte de servidores públicos, con motivo de sus atribuciones.
El abuso de autoridad consiste en el uso de la violencia y la fuerza pública sin causa legítima, a través de vejaciones o insultos durante el ejercicio de las funciones públicas.
Por último, el abigeato calificado refiere el robo de cabezas de ganado aprovechando la falta de vigilancia, se utilice fuerza física contra las personas encargadas de la vigilancia, o cuando la afectación producida sea equivalente al 20 por ciento o más de la totalidad de los animales de la víctima.
A decir de la diputada promovente, Elsa Amabel Landín Olivares, los delitos que se incluirían en el catálogo de delitos graves busca homologar el Código Penal del Estado de Aguascalientes con las recientes modificaciones al artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La iniciativa será turnada a la Comisión de Justicia para su análisis respectivo y, en caso de obtener el consenso de sus integrantes, ser discutida en el pleno del Congreso del Estado para su aprobación.