En rueda de prensa conjunta, diputados locales de MORENA y activistas ambientales en contra de la construcción del paso a desnivel de Av. Aguascalientes y Av. Camino a San Ignacio, solicitaron que se realice una consulta pública o un plebiscito para que los habitantes de los fraccionamientos aledaños opinen si es necesaria la obra o no.
La legisladora Natzielly Rodríguez Calzada sugirió que además de este proyecto, se puedan someter a consideración de la población otros proyectos de obra pública que podrían iniciar el próximo año, con la finalidad de que sean escuchadas las personas que serían afectadas con la realización de las obras.
“Nosotros hemos convocado al gobierno para que sean consultas ciudadanas las que definan en qué se gasta el recurso y está también a punto de aprobarse (…), queremos que sea la gente quien decida si se debe de hacer o no una obra pública o no”.
Refirió que la política de consultas ciudadanas y de acercamiento con la población debería prevalecer en la mayoría de los proyectos de gran impacto para los habitantes.
“Queremos ofrecernos para ser un puente entre los ciudadanos y el gobierno, para que pueda lograrse ese diálogo y esa comunicación y en tribuna hemos defendido las consultas populares y convocamos al gobierno del estado a que escuche a los ciudadanos, a que no se cierra y a que no reprenda con la fuerza del Estado a las ideas contrarias a sus decisiones”.
En este sentido también se pronunció el coordinador de la bancada de MORENA en el Congreso Estatal, José Manuel González Mota, al señalar que deberá emplearse el presupuesto en las principales necesidades de la población, a quién se deberá informar los detalles de los proyectos que se pretendan realizar en su entorno cercano.
“Yo creo que es el tiempo para que finalmente el recurso que se destina para las diferentes obras sea bien ejercido, que la gente sea tomada en cuenta, es hacer cumplir lo que marca la Constitución y el recurso se debe aplicar en dónde haga falta”, declaró.
Por otra parte, Georgina Trujillo del Colectivo Ciclista de Aguascalientes reiteró que continuarán manifestándose diariamente en el crucero de la Av. Aguascalientes y Camino a San Ignacio a pesar del inicio de los trabajos de construcción.
“Continuaremos con las manifestaciones porque es nuestro derecho constitucional y lo seguiremos haciendo en Segundo Anillo, vamos a a seguir expresándonos de manera artística, de manera pacífica, todos los días”, indicó.
Asimismo, aseguró que elaborarán un estudio con especialistas urbanistas y ecologistas para medir el impacto ecológico que tendría la construcción del paso a desnivel en la zona, para luego plantear un proyecto alterno para mejorar la vialidad del lugar.
¿Es viable un plebiscito para consultar la construcción del paso a desnivel en el Camino a San Ignacio?
A inicios del 2018, la LXIII Legislatura del congreso local aprobó la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Aguascalientes, con lo cual ya se pueden realizar en la entidad algunos mecanismos de participación ciudadana, entre los que destaca el plebiscito.
Sin embargo, ¿en qué consisten el plebiscito y en qué momentos podrá aplicarse?
Es el instrumento de participación ciudadana para someter a consideración de los ciudadanos, mediante votación, los actos concretos de gobierno emitidos por el gobernador o por los ayuntamientos, que sean de interés público.
¿Cuál es el procedimiento para su aplicación?
El plebiscito puede ser solicitado por el gobernador del estado, por nueve diputados que conforman el Congreso Estatal o por el 2% de los ciudadanos inscritos en el Padrón Electoral del Estado, lo que equivaldría a alrededor de 18 mil personas.
No podrán ser sujetos a plebiscito los temas de la materia tributaria o fiscal, de ingresos o egresos del Estado o los municipios, así como los reglamentos de la Administración Pública Estatal ni del régimen de funcionamiento interno de los ayuntamientos.
La solicitud formal se deberá hacer ante el Instituto Estatal Electoral (IEE), en donde se deben anexar los datos personales de quiénes impulsan su realización, así como el acto de gobierno o la ley que se pretende someter a consulta.
El IEE tendrá un plazo de 15 días para resolver el sentido de la solicitud, tomando en consideración el nivel de repercusión o afectación que tendría la acción de gobierno para la población o que incida de una manera significativa para el orden público o el interés social del estado.
Cabe destacar que de acuerdo al artículo 26 de la Ley de Participación Ciudadana, “no se podrán realizar plebiscitos o referéndums en el año en el que se efectúen elecciones constitucionales, a partir del periodo de precampañas y/o apoyo ciudadano, hasta el día siguiente de la jornada electoral.
En caso de que sea aprobada la solicitud por el IEE, el plebiscito tendrá que anunciarse 30 días previos a su realización, a través del Periódico Oficial del Estado, en la página web del IEE y en los medios de comunicación electrónicos en los que se pueda difundir la información al mayor número de personas.
Posteriormente, el Instituto Estatal Electoral determinará el número de casillas y el lugar en el que habrán de instalarse para la realización de la jornada electoral.
Cabe puntualizar que los resultados del plebiscito serán vinculantes únicamente cuando participe al menos el 40% de las personas inscritas en el padrón electoral correspondiente en la circunscripción territorial en que se aplicó.
Finalmente, la autoridad competente tendrá 15 días hábiles para cumplir con los resultados del plebiscito.