Los funcionarios mexicanos deberán abstenerse de dar besos y abrazos o lanzar piropos “sugestivos o de naturaleza sexual”. Esta nueva regla aparece en el código de ética publicado este martes para combatir el acoso en la administración pública.
El reglamento emitido por el gobierno mexicano fue difundido en el Diario Oficial de la Federación. El objetivo es”evitar conductas tales como tener contacto físico sugestivo o de naturaleza sexual, como tocamientos, abrazos, besos, manoseo, jalones”.
El código también prohíbe los comentarios, burlas, piropos y bromas hacia otra persona referentes a la apariencia o a la anatomía con connotación sexual. Especifica que este tipo de referencias no pueden ser ni presenciales ni a través de medios electrónicos.
El documento pide que se evite realizar señales sexualmente sugerentes con las manos o a través de los movimientos del cuerpo. Se pide evitar hacer regalos, dar preferencias indebidas o notoriamente diferentes o manifestar abiertamente o de manera indirecta el interés sexual por una persona.
Se debe evitar llevar a cabo conductas dominantes, agresivas, intimidatorias u hostiles hacia una persona para que se someta a sus deseos o intereses sexuales. Tampoco se puede espiar a una persona en su intimidad, o mientras ésta se cambia de ropa o está en el sanitario.
Otras de las prohibiciones es condicionar la obtención de un empleo o ascenso, su permanencia en él o las condiciones del mismo a cambio de aceptar conductas de naturaleza sexual.
Obligar a la realización de actividades que no competen a sus labores u otras medidas disciplinarias en represalia por rechazar proposiciones de carácter sexual. Condicionar la prestación de un trámite, servicio público o evaluación a cambio de que la persona usuaria, estudiante o solicitante acceda a sostener conductas sexuales de cualquier naturaleza.
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Queda prohibido expresar insinuaciones, invitaciones, favores o propuestas a citas o encuentros de carácter sexual. Emitir expresiones o utilizar lenguaje que denigre a las personas o pretenda colocarlas como objeto sexual.
Tampoco se puede preguntar a una persona sobre historias, fantasías o preferencias sexuales o sobre su vida sexual. Se suma a las prohibiciones exhibir o enviar a través de algún medio de comunicación, carteles, calendarios, mensajes, fotografías, audios, videos, ilustraciones u objetos con imágenes o estructuras de naturaleza sexual, no deseadas ni solicitadas por la persona receptora.
Difundir rumores o cualquier tipo de información sobre la vida sexual de una persona deberá evitarse. No se debe expresar insultos o humillaciones de naturaleza sexual, y mostrar deliberadamente partes íntimas del cuerpo a una o varias personas.
El reglamento también se refiere al lenguaje incluyente y no sexista. Este punto se refiere a la comunicación verbal y escrita. En ambos casos tiene la finalidad de visibilizar a las mujeres equilibrar las asimetrías de género. También busca valorar la diversidad que compone a la sociedad “haciendo visibles a las personas y grupos históricamente discriminados”. N