Salomón Farid Lora Vilchis fue encontrado penalmente responsable del delito de Atentados al Pudor en agravio de dos menores de edad; la Fiscalía General del Estado presentó las pruebas necesarias en audiencia de juicio oral, mismas que fueron valoradas por el Juzgado de Control y Juicio Oral Penal del Quinto Partido Judicial con sede en el municipio de Jesús María.
La audiencia dio inicio con los alegatos de apertura de las partes ante el Tribunal, durante su intervención el Agente del Ministerio Público adscrito a la Dirección de Litigación llevó a cabo el desahogo de todos y cada uno de los medios de prueba que se ofrecieron durante el proceso en contra de Salomón; finalmente, se emitió sentencia condenatoria de seis años de prisión, los cuales deberá cumplir en el CERESO “EL Llano”.
Los hechos reunidos durante las indagatorias por parte de la Fiscalía General del Estado, establecen que el día seis de octubre del año 2018, el acusado se encontraba con los dos menores quienes son familiares, en las inmediaciones de una vivienda ubicada en un rancho de la comunidad La Tomatina del municipio de Jesús María; lugar donde Salomón Farid llevó a cabo actos lascivos en agravio de los niños, los cuales repitió en las cercanías de una presa y posteriormente en el interior de un vehículo.
En audiencia de individualización de sanciones y reparación de daño, se concretaron las penas solicitadas y se debatieron por el Agente del Ministerio Público; como resultado, el Juez de Control y Juicio Oral Penal del Quinto Partido Judicial con sede en el municipio de Jesús María, se pronunció acerca de las penas aplicadas y el monto comprobados para la reparación del daño.
Finalmente, la Fiscalía General del Estado a través del Agente del Ministerio Público adscrito a la Dirección de Litigación, demostró la responsabilidad de Salomón Farid Lora Vilchis en el delito de Atentados al Pudor; por ello, el Tribunal sentenció al acusado a una pena de tres años de prisión en agravio del primer menor, y tres años por la segunda víctima; de acuerdo al curso real de delitos establecido en los artículos 34 y 35 del Código Penal que rige al Estado de Aguascalientes, el acusado deberá permanecer seis años recluido en el CERESO de “El Llano”.
De la misma manera, fue condenado al pago de la reparación de daño a favor de los menores de edad, a cuantificar en ejecución de sentencia sobre las terapias psicológicas.