El Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes (TEEA) resolvió imponer una multa de 100 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalente a 8 mil 962 pesos, a la candidata a diputada local del distrito III por la coalición “Juntos Haremos Historia”, Flavia Narváez Martínez, luego de utilizar a menores de edad en su propaganda proselitista, sin demostrar los permisos de sus padres para aparecer en ella.
El tribunal electoral sesionó este día el expediente TEEA-PES-034/2021, presentado por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en contra de la abanderada de MORENA luego de que, del 14 de abril al 2 de mayo, la candidata realizó una serie de publicaciones en su perfil de Facebook en la que se incluían fotografías y videos en los que aparecían menores de edad, exponiendo su imagen con el objetivo de posicionarse electoralmente, vulnerando así el derecho superior de los infantes, así como los principios de neutralidad y de equidad en la contienda.
Al respecto, la sentencia del órgano indica que Narváez Martínez no comprobó la existencia de los permisos que demostraran el consentimiento de los padres o tutores de los menores de edad, en los que se da la anuencia para que aparezcan en dicha propaganda.
Tras ser notificada, la candidata negó la pertenencia de la cuenta de la red social, al considerar que los enlaces electrónicos no están verificados, por lo que los hechos que se le atribuyen no le son propios, agregando entre sus pruebas un perfil personal que sí le pertenece.
No obstante, los magistrados electorales consideraron que al observar en la página señalada una cantidad importante de publicaciones y videos con las actividades de la candidata, sí le pertenece, y por lo tanto no le exime de responsabilidades de los actos reclamados.
La falta específica incluye la participación de 31 menores de edad en ocho publicaciones en la cuenta de Facebook: ocho fotografías y ocho videos, por un periodo de exposición de 20 días.
Cabe destacar que, aunque la legislación electoral sí permite la aparición de menores de edad en la propaganda proselitista de candidatos y partidos políticos, debe acreditarse el consentimiento de los padres de familia o tutores, que informe que fueron notificados sobre la difusión de la imagen de las niñas, niños y adolescentes en mensajes de tipo político-electoral. El permiso debe ser presentado por escrito, informado e individual.
La documentación deberá conservarse en original y copia, y en su caso, entregarse a las juntas locales ejecutivas del Instituto Nacional Electoral (INE).