El Instituto de Educación de Aguascalientes, presentó el protocolo de actuación creado para atender casos de acoso y hostigamiento sexual, en las instituciones de educación superior que dependen de dicho instituto, como respuesta a las voces de víctimas que han señalado haberlo vivido dentro de estos espacios.
El director del IEA, Raúl Silva Perezchica, expresó que la creación de este protocolo marca un importante antecedente para las escuelas de educación superior del instituto, además de responder a la demanda de espacios idóneos para realizar denuncias de este tipo.
“Mucho de este evento se debe al trabajo que han realizado las víctimas, es más allá de la recomendación que hemos tenido por parte de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, creo yo que las víctimas y en eso nosotros somos sensibles a lo que ocurre en el entorno escolar, son escuchadas, son reales y esa realidad nosotros estamos en el punto de atender”
Explicó que uno de los principales objetivos del protocolo es evitar la revictimización de quienes denuncian, caso que ocurre constantemente en otras áreas donde se busca señalar este tipo de actividades.
El “Protocolo para prevenir, atender, sancionar y erradicar el acoso y hostigamiento sexual en las instituciones formadoras y actualizadoras de docentes del Instituto de Educación de Aguascalientes” entrará en vigor a partir del 9 de abril del 2019, toda vez que fue publicado en el Periódico Oficial del Estado este lunes 8 de abril.
Dicho protocolo, contiene la clasificación de actos de acoso y hostigamiento en tres niveles: leve, medio y alto grado.
Se considerará como acoso leve: realizar silbidos, señales lascivas, miradas incomodas, muecas o gestos que generen pensamientos de connotación sexual. Expresar chistes sexuales molestos, conversaciones de contenido sexual, comentarios insinuantes u obscenos, así como adulaciones sobre el físico. Presionar para regresar a una relación afectiva (chantaje emocional).
El acoso medio lo determinan como: Realizar llamadas telefónicas o mensajes de texto con insinuaciones de connotación sexual no aceptadas. Acercamientos excesivos. Visitar insistentemente las redes sociales de la víctima (conocido actualmente como “stalker”) y generar comentarios sugestivos o con connotación sexual. Hacer preguntas, referencias o insinuaciones sobre la vida sexual.
Los casos calificados como acoso grave serán: Insistir para tener encuentros fuera del lugar de trabajo o de estudios. Llevar a cabo acercamientos excesivos como abrazos y besos no deseados, tocamientos, pellizcos, roses, acorralamientos. Exhibir fotografías, imágenes u objetos sexualmente sugestivos, pornográficos o de ropa interior. Llevar a cabo proposiciones o presiones para la actividad sexual a cambio de mejoras o amenazas. Intento de Violación.
La determinación del proceso, toma de decisiones y resolución de los casos, será responsabilidad de un Comité dependiente del IEA. Además, de que cada IFAD contará con un orientador experto en psicología o trabajo social, así como un mediador parte de la Dirección Jurídica del Instituto, responsable de llevar a cabo el procedimiento alternativo de solución.
El procedimiento alternativo consistirá en una mediación, en la cual las partes de manera voluntaria proponen una solución a la controversia, dicha mediación se llevará a cabo por el personal de la Dirección Jurídica certificado para tal efecto.
Dicho procedimiento podrá ser aplicado para las denuncias presentadas exclusivamente de acoso con gravedad leve y media, quedando estrictamente prohibida la mediación para los casos de acoso de gravedad alta y Hostigamiento Sexual o los que constituyan un delito que se persiga de oficio.
Por lo tanto, de comprobarse acciones de acoso grave, se contempla la suspensión por 3 meses si son estudiantes o la suspensión definitiva, o suspensión laboral hasta rescisión de relación laboral su fue por un profesor o administrativo.