El presidente Andrés Manuel López Obrador ha abierto una nueva dinámica de relación con los medios de comunicación. El presidente apela a su derecho de libertad de expresión y su derecho de réplica para responder a la crítica a su gobierno, pero, por otro lado, ha generado también una estrategia mediante la cual se ha hecho pública la enorme cantidad de recursos que se destinaron en el gobierno de Enrique Peña Nieto a ciertas empresas de medios y a ciertos periodistas y comunicadores en particular.
¿Cuál es el estado del debate en Coahuila? En realidad, es incipiente, y a raíz de la publicación de la Ley General de Comunicación Social en 2018, han sido pocas las entidades y los municipios que se han tomado en serio la responsabilidad de establecer criterios transparentes para la distribución de los recursos públicos para el desarrollo de sus tareas de comunicación social.
Sin embargo, la nueva actitud del gobierno federal ha hecho manifiestas prácticas que se repiten en lo estatal y en lo municipal, para mantener una “relación cordial” (en el mejor de los casos) con los medios de comunicación o de franca cooptación o establecimiento de pactos que, si bien pueden ser justificados legalmente, son inaceptables desde la perspectiva de la ética pública y de la ética periodística.
Desde esta perspectiva, es importante conocer cuáles son los criterios que utilizan los municipios para presupuestar y para asignar los recursos públicos para la comunicación social.
En el caso del municipio de Saltillo, por ejemplo, se tiene en su presupuesto de egresos la partida 36000, y cuya información es proporcionada y validada por el titular de la Dirección de Comunicación Social, según lo contenido en la siguiente liga electrónica: http://www.saltillo.gob.mx/transparencia-2/articulo-22/
Con los datos obtenidos a través del propio portal de transparencia municipal, lo que se registra es que para el año 2018 este municipio presupuestó 81,215,107.75 pesos, y ejerció, al 26 de diciembre del mismo año, 81,064,088.67 pesos.
A fin de dimensionar este monto en términos sociales, es importante comparar con los costos que tienen bienes públicos esenciales: por ejemplo, de acuerdo con el catálogo de precios del Instituto Nacional de Infraestructura Física Educativa, o con los catálogos de costos del IMSS y algunas estimaciones del Instituto Nacional de Salud Pública, con el gasto ejercido por el gobierno de saltillo en servicios de publicidad y comunicación social, pudieron haberse construido alrededor de 252 aulas para educación básica; o bien podrían haberse cubierto 11,104 días de hospitalización para personas no derechohabientes del IMSS; también pudieron haberse otorgado 568,312 consultas médicas en el primer nivel de atención, o construido 202 unidades básicas de salud.
Sin duda alguna, la comunicación social es una actividad relevante en cualquier gobierno. Pero lo que no queda claro es cuáles son los criterios para asignar los montos señalados, sobre todo considerando que, en 2015, según los datos del CONEVAL, en el municipio de Saltillo había 84,737 personas en rezago educativo, 114,703 personas sin acceso a servicios de salud y más de 251 mil personas vulnerables por carencia de seguridad social.
¿Conflicto de intereses?
La discusión en torno a la relación del poder con los medios de comunicación cobra especial relevancia cuando quienes ocupan cargos públicos provienen de familias propietarias de medios de comunicación, como es el caso del alcalde Manolo Jiménez Macías, cuya familia es propietaria del Diario de Coahuila, mismo que es editado por la Compañía Periodística Criterios, S.A. de C.V.
De acuerdo con información obtenida del portal de transparencia del gobierno municipal, en 2018 se contrataron servicios a esta empresa cuya definición no es del todo precisa. Por ejemplo, la factura con folio A18836, fechada en enero de 2018, define el uso del CDFI como “Gastos en General”, y el servicio como “Servicio Publicitario”, sin quedar claro, al menos por la información disponible, en qué consiste ese servicio, más aún cuando el monto de la factura es de 251,436.78 pesos, más el impuesto al valor agregado.
A lo largo del 2018 se pagaron once facturas más por el mismo monto, lo cual asciende a una suma anual de 3,017,241.336 pesos, más el impuesto al valor agregado.
Debe dejarse en claro que la contratación de servicios se dio en el marco de la legalidad, y que no se cuestiona que el costo de estos sea el que amerita la prestación de los servicios de la empresa.
Lo que no queda claro es cuál es el análisis costo-beneficio de la administración municipal, para destinar esa suma a comunicación social, específicamente al diario que es propiedad de la familia del presidente municipal, y por qué se prioriza esa contratación por sobre la posible construcción de, por ejemplo, siete u ocho clínicas o aulas escolares para el abatimiento del rezago educativo.
En ese sentido, es importante decir que, en su declaración patrimonial pública, el presidente municipal declaró que no está en riesgo de incurrir en un potencial conflicto de intereses.
Sin embargo, la Ley de responsabilidad de los servidores públicos establece que sí lo puede haber en contratación de servicios o compra de bienes en los cuales haya relación con familiares hasta en cuarto grado.
Ese, por ejemplo, es un tema en el que la Auditoría Superior del Estado de Coahuila debería indagar, sobre todo porque en las cláusulas del contrato de prestación de servicios establecido entre el municipio de Saltillo y la Compañía Periodística Criterios, S.A. de C.V. se establecieron un monto mínimo y uno máximo: el primero, en una suma total anual de 1.39 millones de pesos, y el segundo en una suma de 3.49 millones de pesos; siendo que, lo ocurrido a lo largo del año, la cifra total contratada fue sumamente cercana al tope máximo contratado.
Los servicios, dice la cláusula quinta del contrato de prestación de servicios citado, se definen únicamente como: “los servicios consistirán en publicidad en el periódico El Diario de Coahuila, así como transmisiones de spots publicitarios e informativos en las estaciones de radio mencionados en la cláusula primera del presente contrato, según orden de publicidad que indique el municipio, por conducto de la dirección de comunicación social”.
Como puede verse, en el contrato como tal no se establece ni el número de anuncios ni de spots que cubrirá el convenio, y solo se remite a un anexo no disponible en la página de transparencia del municipio.
Falta de criterios
El artículo 5º de la Ley General de Comunicación Social, establece lo siguiente:
“En el ejercicio del gasto público en materia de Comunicación Social, los Entes Públicos deberán observar con los siguientes principios rectores: a) La eficacia, en uso de los recursos públicos; b) La eficiencia, de los recursos públicos destinados a la contratación o gasto de Comunicación Social; c) La economía y racionalidad presupuestaria, que comprende la administración prudente de los recursos destinados a la Comunicación Social; d) La transparencia y máxima publicidad, garantizándose el acceso a toda información relacionada con la contratación y manejo de recursos públicos destinados a la Comunicación Social de los Entes Públicos, conforme a lo dispuesto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y otras disposiciones jurídicas aplicables; e) La honradez, que comprende el manejo de recursos públicos conforme a las leyes y otras disposiciones jurídicas aplicables, que justifique la contratación sujetándose a criterios de calidad cumpliendo los propósitos de la Comunicación Social; f) La objetividad e imparcialidad, que implica que la Comunicación Social en los procesos electorales no debe estar dirigida a influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos, precandidatos y candidatos; g) La institucionalidad, en virtud de sus fines informativos, educativos o de orientación social; h) La necesidad, de comunicar los asuntos públicos a la sociedad para su información y/o atención; i) La congruencia, entre el contenido del mensaje, el objetivo de comunicación y la población objetivo, y, j) La veracidad de la información que se difunde”.
Frente a lo anterior, se desconoce si existe un protocolo o un manual de procedimientos que permita garantizar los criterios legales señalados en la contratación de los servicios presentados a manera de ejemplo, pero también respecto de los contratados con el resto de los medios de comunicación.
Hay áreas sustantivas del gobierno municipal que en 2018 recibieron un presupuesto mucho menor al asignado a la dirección de comunicación social; por ejemplo, de acuerdo con el Presupuesto de Egresos del Municipio de Saltillo, para el año pasado, el Instituto Municipal de Planeación recibió como monto la suma de 12 millones de pesos.
Asimismo, el presupuesto del Fondo de Infraestructura Social Municipal de Saltillo se fijó en poco más de 110 millones de pesos para el ejercicio 2018. De tal forma que, si se destinan 81 millones al área de comunicación, lo anterior significa que por cada 1,000 pesos que el gobierno municipal destina a generar infraestructura municipal, destina otros 750 pesos al pago de medios de comunicación.
Para seguir dimensionando la magnitud de las cifras, es importante hacer notar que el municipio de Saltillo destina cuatro veces más recursos al gasto en medios de comunicación que lo que el municipio de Piedras Negras dispuso en 2018 para invertir en infraestructura social, de acuerdo con los montos publicados en el Presupuesto de Egresos del Estado de Coahuila, 2018.
Fuente, elaboración propia con base en los Presupuestos de Egresos del Estado de Coahuila y del Municipio de Saltillo, 2018.
De igual forma, el presupuesto señalado sería relativamente similar al presupuesto de las Universidades Tecnológicas de Coahuila, Torreón y Norte juntas, y cuatro veces el monto de dinero presupuestado a las cuatro universidades politécnicas de la entidad en 2018.
La falta de criterios claros señalados cobra aún mayor relevancia si se compara el presupuesto de comunicación social de Saltillo con el del presupuesto total para otros municipios de mayor dimensión demográfica o de mucho mayor relevancia y actividad turística.
Por ejemplo, en Monterrey, se tuvo un presupuesto de 94.8 millones de pesos; en Ciudad Juárez, la inversión fue de 88.9 millones; en Saltillo, los mencionados 81.2 millones; en León, 78 millones; en Querétaro 44.7 millones de pesos, y en la ciudad de Guanajuato, 6.6 millones de pesos anuales.
Fuente: elaboración propia con base en los Presupuestos de Egresos aprobados por los congresos de sus respectivos estados, 2018, para esos municipios.
Lo anterior significa que en este rubro, Monterrey invirtió en actividades de comunicación social, por habitante, una asuma aproximada de 85.5 pesos en 2018; en Ciudad Juárez, la inversión fue de 63.48 pesos por habitante y año; en Saltillo, la inversión fue de 100.4 pesos al año; en León, fue de 49.41 pesos por habitante y año; en el municipio de Querétaro fue de aproximadamente 68 pesos por habitante y año, y en el municipio de Guanajuato, de cerca de 38.43 pesos.
Fuente: elaboración propia con base en los Presupuestos de Egresos aprobados por los congresos de sus respectivos estados, 2018, para esos municipios.
Como puede verse, hay una enorme divergencia entre lo que cada municipio destina al gasto de comunicación social y publicidad gubernamental; y lo que es claro es que, tanto en términos absolutos, como relativos (medido a través del gasto aproximado por habitante), Saltillo se ubica entre los municipios del país que más dinero destina a su promoción.
Esto, sin duda alguna, exige una revisión en torno a cuáles son, como se ha sostenido aquí, los criterios con los cuales se asignan los recursos.