Esperar en la cárcel sin una condena es una situación presente en 4 de cada 10 casos en México. Es decir, casi la mitad de quienes están en las cárceles del país, no tienen una sentencia. Pero ya están siendo castigados de manera anticipada.
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La figura de la prisión preventiva oficiosa aplica para cualquier persona señalada de haber cometido algún delito contemplado en el Artículo 19 de la Constitución (delincuencia organizada, violación, secuestro, trata de personas u homicidio doloso, entre otros). Pese a que muchos expertos consideran que esta estrategia es contraria a la investigación basada en evidencias, el debate sobre su permanencia en el sistema penal mexicano se ha vuelto más visible este año, con la postura del actual presidente Andres Manuel López Obrador, dado que su administración señala que eliminar esta figura implicaría liberar a cerca de 70 mil personas.
En Aguascalientes, una base de datos proporcionada por la Secretaría de Seguridad Pública Estatal vía transparencia a Newsweek Aguascalientes, revela que hay más de un centenar de personas en los ceresos del estado que están tras las rejas, sin que se haya comprobado su culpabilidad por algún delito.
El caso más antiguo, es el de un hombre que fue encerrado desde el 25 de junio del año 2013, y que a la fecha se mantiene ahí bajo la figura de la prisión preventiva oficiosa. La corporación no especifica el delito, pero sí confirma que esta persona lleva 11 años esperando una condena formal.
En total, en el estado hay al menos 167 casos de hombres y mujeres que permanecen tras las rejas bajo la misma situación, hasta mayo de este año.
“Cuando se inicia un proceso penal, se puede determinar si la persona acusada genera un riesgo para las víctimas o sociedad. Bajo esa idea, para no dejar protegida a la sociedad o a las víctimas, se pueden establecer medidas de restricción a sus derechos. Una de ellas, la prisión preventiva”, refiere Eloy Morales Brand, experto en el sistema penal acusatorio e investigador de la Universidad Autónoma de Aguascalientes.
Sin embargo, específicamente en la figura de la prisión preventiva oficiosa, no es necesario determinar riesgos: con el solo hecho de iniciar un proceso, en automático se pone al señalado tras las rejas, sin necesidad de probar que hay un riesgo para víctimas y la sociedad en general.
“Va en contra de las convenciones internacionales que México ha firmado, y ya la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha resuelto dos casos en donde ha hecho referencia a esta disposición mexicana. Y ha establecido la obligación de México de modificar esta figura”, resalta.
Esto, explicó, no implica que se elimine la prisión preventiva, sino que todos los casos deben estar justificados.
“Todos somos inocentes, hasta que haya una sentencia en contra”, asevera el investigador.
¿Quién los olvidó? Cárceles estatales, saturadas y observadas
De los 167 casos de personas encerradas sin sentencia en Aguascalientes, el 91% de ellos corresponde a hombres, y en solo 16 casos las señaladas son mujeres. Aunque, lo relevante es la cantidad de tiempo que llevan esperando un juicio: si bien el caso más grave es el de un hombre que lleva 11 años encerrado sin una sentencia, hay otro hombre que lleva esperando 9 años, otro lleva 8, y hay otros dos casos que llevan esperando 7 años.
Otros tres hombres esperan un juicio desde el año 2019.
Respecto a las mujeres, el caso más grave señala una espera desde el 2020. Le sigue el caso de otra mujer que lleva encerrada desde el 6 de febrero del 2021.
La mayor parte de los casos de hombres y mujeres que se mantienen en prisión preventiva oficiosa en Aguascalientes, datan del 2022, con al menos 86 personas cuyas casos se originan ese año. Esto casi duplica la cantidad de casos del 2023, año en el que suman 45 las personas bajo esta figura.
El Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria 2023, elaborado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, dicta que los tres CERESOS en Aguascalientes están saturados, tienen deficiencias en sus instalaciones e incluso problemas serios en la prestación de servicios médicos. Los tres fueron reprobados en esta evaluación: ninguno alcanzó una calificación mínima de seis.
Además, los Censos Nacionales de Sistemas Penitenciarios, elaborados por el INEGI, reportan sobrepoblación: según la estadística, entre los 3 centros penitenciarios de la entidad se cuenta con una capacidad para 2,029 personas privadas de su libertad, en las que se tiene una tasa de ocupación de 102.1, es decir, una sobrepoblación del 2.1%.
Esto ha sido confirmado por las autoridades estatales: en el caso del Centro Penitenciario para Mujeres, su directora, Sandra Samantha Ruiz Esparza Durón, ha señalado que la capacidad del lugar es de 120 personas privadas de su libertad, pero actualmente alberga a 130 mujeres.
Cabe mencionar que respecto al tratamiento a internos, y visitantes, la Comisión Nacional de Derechos Humanos ha emitido recomendaciones este año para Aguascalientes, al detectar deficiencias en la salud médica integral, escasez de medicamentos y revisiones indignas a quienes acuden a visita.
Reforma en camino ¿liberaría presos?
Feminicidios, homicidios, violaciones, secuestros y trata de personas figuran entre los delitos en donde se puede aplicar la prisión preventiva oficiosa. Enriquecimiento ilícito y uso indebido de funciones también aparecen en la lista, pese a que, explica Eloy Morales Brand, no representan un riesgo inmediato a la integridad de víctimas o sociedad.
“En este tipo de hechos, con la sola circunstancia de que el ministerio público te acuse ante un juez, y se inicie un proceso, en automático se pone la prisión preventiva oficiosa”, explicó.
Reposiciones de procedimiento (que se hayan nulificado o anulado los juicios), interrupciones en la investigación, alargamiento de los procesos por amparos y apelaciones, así como la petición de la defensa de alargar los tiempos para reunir más pruebas, son algunos de los factores que pueden influir en el tiempo que una persona pasa detenida bajo prisión preventiva.
Pero, el pasar más de una década encerrado sin la determinación de culpabilidad, es un exceso, “porque la constitución no permite que exceda más de dos años la prisión preventiva”, señala el investigador. Es decir, quienes llevan más de este periodo de tiempo sin ser enjuiciados, deberían ser puestos en libertad bajo otro tipo de medidas cautelares para continuar el proceso.
Sin embargo, el problema suele estar en los abogados que llevan la defensa de cada caso, pues ellos deben solicitar la revisión de los procesos que excede los daños años bajo esta figura.
En abril de este año, los problemas de saturación en la cárceles del país
“Hay dos criterios divididos a nivel nacional”, refiere Eloy, “hubo tribunales colegiados que determinaron que en caso de que se solicite un amparo, de inmediato se revise la prisión preventiva. Pero hubo otra medida, al sur del país, que determinó lo contrario. Existen estas contradicciones de tesis, pero también amparos pendientes de resolver”, explica.
Pero la Suprema Corte de Justicia de la Nación, determinó que todos los tribunales que tengan pendientes asuntos de prisión preventiva oficiosa, suspendan el proceso, hasta que la corte resuelva, para “evitar sentencias contradictorias”. Pero al obligar a los tribunales a suspender, también “se suspenden los derechos de las personas involucradas. Es decir, se suspende que se resuelva la libertad de una persona” afirma.
Las cifras manejadas por el Inegi, señalan que, al cierre de 2022, de las más de 226 mil personas en prisión, 88 mil no habían recibido una condena. Es decir, casi el 40% de los presos en México siguen esperando una sentencia.