Por el hecho delictivo de Feminicidio, fueron vinculados a proceso Eduardo alias “El Cheduco”, de 31 años y Alberto Jesús, alias “El Bolillo”, de 29 años; como resultado de la celebración de la audiencia inicial, el Juez de Control y Juicio Oral Penal con sede en el Primer Partido Judicial, estableció la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa y otorgó el plazo de cuatro meses para el cierre de la investigación complementaria.
De acuerdo con los hechos que obran dentro de la carpeta de investigación, la madrugada del día tres de enero de la presente anualidad, una persona del sexo femenino (probablemente de nombre Sarahi Jael), arribó al domicilio de Eduardo, ubicado en el fraccionamiento Claustros de Loma Dorada del municipio capital; sitio donde también se encontraba Alberto Jesús.
Esto, en atención a que los tres sostenían una relación amistosa, por lo que era natural su convivencia; luego de unos momentos a solas, algunos comentarios generaron una discusión, lo que derivó en que, ambos sujetos, realizaran las acciones necesarias para incomunicarla y posteriormente, la agredieron físicamente, lo que ocasionó que perdiera la vida.
Una vez que se percataron del deceso de la fémina, desplegaron las acciones para introducir el cuerpo de la mujer al interior de una hielera y la trasladaron a un inmueble en construcción, que se ubica en el referido fraccionamiento; posteriormente, se dieron a la fuga con el fin de evadir su probable responsabilidad.
Fue la mañana del día cinco de enero, cuando se localizó el cuerpo sin vida de la mujer; lo que activó las investigaciones correspondientes con la óptica de la perspectiva de género, a cargo de la Agencia del Ministerio Público Especializada en Investigación de Homicidios.
Siendo así, que, en primer término, se trasladó el cuerpo de la interfecta ante el Laboratorio de Medicina Legal y Forense, sitio donde se practicó el estudio de necropsia, que, en primera instancia, no arrojó resultados contundentes, por lo que se determinó que debían realizarse estudios de histopatología que una vez concluidos, arrojaron que la víctima falleció como consecuencia de asfixia mecánica.
Cabe señalar que, hasta el momento, su cuerpo permanece sin identificar, al interior de las instalaciones de la morgue.
Por su parte, los elementos de la Comisaría General de la Policía de Investigación, se abocaron a la realización de actos y registros de investigación, que derivaron en la localización de los sujetos.
Una vez con los datos de prueba suficientes, la Representación Social, solicitó a la Autoridad Jurisdiccional, concediera las órdenes de aprehensión correspondientes; mismas que se autorizaron y cumplimentaron por parte de los Policías Investigadores, quienes realizaron el traslado de los sujetos investigados ante el togado para la determinación de su situación jurídica.
El Juez encabezó la diligencia inicial, en la que informó a los sujetos sobre los derechos que les asisten; posteriormente, el Ministerio Público formuló imputación y el jurisconsulto, preguntó a ambos sujetos si deseaban que su situación jurídica se resolviera en ese momento.
La defensa de los imputados comunicó al juzgador, que deseaban conocer su resolución, acogiéndose a la duplicidad del término de 72 horas, previsto en la Carta Magna.
Una vez transcurrido el tiempo señalado, el Órgano Jurisdiccional, dictó el auto de vinculación a proceso en contra de Eduardo N N y Alberto Jesús N N, por su probable intervención dentro de la conducta típica de Feminicidio, prevista y sancionada en la legislación penal, imponiéndoles la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa, estableciendo el plazo de cuatro meses para el cierre de la investigación complementaria.