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Los expertos de Contreras Consultoría te ayudan a solicitar impuestos a favor en tiempo y forma.
Varias empresas tienen acumulados impuestos por recuperar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) desde que se eliminó la compensación universal en 2019.
Con la compensación una empresa utilizaba sus saldos a favor para pagar otros impuestos, como el ISR de salarios, y beneficiaba sus flujos financieros.
El asesor fiscal Adrián Contreras, explicó que para lograr una devolución de impuestos, el equipo debe tener una visión preventiva y metodológica.
El director del despacho Contreras Consultoría, dijo que al solicitar la devolución recomienda adjuntar información previa de las operaciones.
Para obtener éxito ante el SAT, también se requieren habilidades de síntesis y análisis para saber plantear los requerimientos.
“Se debe atender en tiempo y forma el requerimiento y realizar escritos de manera clara y profesional”, explicó el director del despacho que hace ocho años se especializa en contabilidad fiscal, consultoría de negocios e impuestos.
Contreras, que también ha sido director de la comisión de Práctica Fiscal del Colegio de Contadores, explicó que las personas físicas y morales pueden beneficiarse de una devolución de impuestos, pero sin un trámite adecuado tardarán meses, años e incluso nunca recuperar el dinero.
La devolución se puede solicitar cuando una empresa obtiene un saldo a favor derivado de sus operaciones y de la mecánica que definan la ley de Impuesto Sobre la Renta (ISR), o la ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Todas las empresas pagan IVA cuando pagan gastos como energía, agua o renta. La suma de ese IVA acreditable se convierte en saldo a favor para las empresas que tienen tasa del 0% de acuerdo a la ley del IVA y es el que en su caso se solicita como devolución, explicó el director.
“Un ejemplo común son las maquiladoras que venden al extranjero y no cobran IVA. Lo que pagan en México se vuelve acreditable, derivando un saldo a favor, y es cuando se inicia el trámite de devolución del IVA”, dijo.
Tras solicitar la devolución, el SAT tiene 40 días hábiles para regresar el saldo a favor, pero este plazo puede extenderse.
La autoridad fiscal tiene derecho a pedir información que sustente las operaciones de la empresa dentro de los primeros 40 días.
Luego, la empresa cuenta con 20 días hábiles para contestar con un escrito explicando la documentación enviada.
El SAT tiene 10 días hábiles adicionales para solicitar nuevamente información o resolver si el acto es confirmado o rechazado.
Si lo confirman, la empresa podrá ver el status en el portal del SAT y en días posteriores ver en su cuenta bancaria el importe recibido.
Para que los tiempos no sean largos y no afecten al flujo financiero de la empresa, Contreras recomendó, “que el procedimiento debe realizarlo el profesional adecuado”.
Incluso las maquiladoras con un departamento de contabilidad solicitan asesoría a los despachos, o los contratan con la finalidad de recuperar los saldos a favor.
Cuando las autoridades demoran el trámite solicitando información adicional, Contreras dice que es un mecanismo para interrumpir el tiempo y en su caso entorpecer la devolución.
El SAT tiene documentadas las operaciones y si una empresa no cumplió con la documentación, la devolución es negada.
Ante estos escenarios, es importante que los contribuyentes conozcan el proceso y sepan que son trámites legales, benéficos y que la empresa está en su derecho de solicitarlos.
Contreras Consultoría se encuentra en el edificio Siqueiros, calle David Alfaro Siqueiros 2637, Zona Río Tijuana, B.C. Puede contactarlos al correo electrónico [email protected] y teléfono (664) 634 2567.