Difícilmente una fiscalía iniciará un caso penal en contra de las fuerzas del orden porque estas son sus más grandes aliadas.
La muerte de George Floyd a manos de policías de Minneapolis, en Minnesota, reavivó la llama del conflicto interracial que existe en Estados Unidos desde hace varias centurias. Lo distintivo de este caso es que la violencia no es aquella que se da entre particulares, sino que es ejercida por una autoridad, una que, además, en la mayoría de las ocasiones goza de inmunidad cuando se llevan los casos ante las cortes de justicia.
Desde 2015, The Washington Post ha estado documentando el número de incidentes fatales que ocurren con cuerpos policiacos a lo largo del territorio estadounidense, a través de lo que se publica en medios o de denuncias que hace la comunidad. Desde entonces, ha constatado que más de mil personas mueren a manos de los policías cada año. A la fecha de la elaboración de este artículo, el periódico había detectado al menos 462 casos en lo que va de 2020, a pesar del periodo de cuarentena que se ha vivido en diversas ciudades de dicho país. De los datos que ha obtenido en los últimos cinco años se identifica que los grupos más vulnerables son la comunidad afroamericana e hispana y que los incidentes se concentran en las principales ciudades de la costa este y oeste del país.
Cuando se da un incidente fatal con algún representante de la fuerza del orden, sea un policía o un agente del alguacil en Estados Unidos, se activan diversos mecanismos. En primera instancia, la oficina de asuntos internos de la corporación realizará una investigación y determinará si los agentes actuaron conforme a protocolo y, si no, les darán una sanción interna y entrenamiento. El reporte final de esta investigación es confidencial. De igual manera, un tercer cuerpo de fuerzas del orden (puede ser la policía de otra ciudad o el alguacil del condado) conducirá una investigación como “un tercero imparcial”. Los resultados de esa investigación se entregarán al jefe de policía o al alguacil a cargo del oficial u oficiales implicados en el incidente. Este reporte ayudará a confirmar lo determinado por la oficina de asuntos internos, pero también es de consumo interno, es decir, el público no lo conocerá. Dado que son las instituciones implicadas en el incidente o sus colegas los que realizan estas investigaciones y a que los resultados no son públicos, la imparcialidad puede ser cuestionada.
En algunos condados de Estados Unidos se inicia, además, una investigación por parte de su fiscalía. El objetivo es determinar si existe responsabilidad de los agentes implicados. Este reporte sí será de carácter público. Un ejemplo de este tipo de oficinas es el Departamento de Rendición de Cuentas de la Policía de la Ciudad/Condado de San Francisco, que se estableció en 2016 después de que su Departamento de Policía fuera fuertemente criticado por haber estado envuelto en numerosos incidentes en los que afroamericanos e hispanos perdieron la vida.
En la investigación que se realice, la legislación actual estadounidense establece que se debe contrastar la actuación del agente involucrado frente a un hipotético “policía razonable”. Este policía razonable, tomando en cuenta el contexto y la velocidad con la que se deben tomar decisiones, solo abriría fuego si considera que su vida o la de alguien más corre peligro. Si se determina que el agente implicado procedió de conformidad con ese “policía razonable”, entonces se determinará que no hubo responsabilidad penal.
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Por otra parte, si es que se sospechara que el oficial no actuó conforme a la ley, la fiscalía tendrá que demostrar “más allá de la duda razonable” que dicho agente violó la ley para entonces iniciar un caso en la corte de justicia; de lo contrario, el fiscal no dará curso a la acción penal.
Uno de los temas subyacentes que existen en la investigación de la fiscalía es el hecho de que esta trabaja constantemente junto a los agentes de la ley para dar curso a todos los casos penales que procesan. Esto significa un problema serio, pues aquella difícilmente iniciará un caso penal en contra de las fuerzas del orden porque son sus más grandes aliados para poder llevar a cabo su trabajo.
Estados Unidos es un país de common law, es decir, la figura de los jueces es central, pues son ellos quienes dotan de contenido y sustancia las normas que emite el legislativo. Con esto en mente, y considerando que en muchas ocasiones la fiscalía no inicia un caso penal en contra de los agentes involucrados en un incidente fatal, algunos abogados han buscado responsabilizarlos a través de la vía civil.
Así, los deudos de la persona muerta a manos de la policía podrán hacer un reclamo por daños a los agentes de la ley involucrados. Existen circunstancias en los que se puede ganar el caso civil, a pesar de que la fiscalía haya elegido no iniciar la acción penal, como ocurrió en el conocido caso de Luis Demetrio Góngora Pat, un mexicano muerto injustamente a manos de la policía de San Francisco en 2016.
No obstante, aquí muchos otros casos se han topado con lo que se conoce como “inmunidad calificada”. Esto implica un argumento de defensa que puede utilizar un policía en un juicio civil. Si se considera que el uso de la fuerza del oficial fue razonable, es decir que, en efecto, dadas las circunstancias, su vida o la de otros corría peligro, entonces el reclamo de uso excesivo de la fuerza en una corte civil puede ser desechado.
Sobre este particular, vale la pena hacer un recuento del caso Kisela-Hughes. En 2010, Amy Hughes, una mujer con un trastorno psiquiátrico, fue vista en su jardín blandiendo un cuchillo. A la escena llegaron tres oficiales y vieron que Amy Hughes estaba a escasa distancia de otra mujer con el cuchillo en mano. Los oficiales se encontraban detrás de una valla y a una distancia considerable. Ante ello, le dieron la instrucción de tirar el cuchillo que, dicho sea de paso, Hughes nunca escuchó. Al no atender inmediatamente la instrucción, el oficial Andrew Kisela abrió fuego, provocándole heridas no letales a Hughes. En abril de 2018, la Suprema Corte de Justicia de Estados Unidos concluyó que el policía Kisela tenía derecho a reclamar inmunidad calificada porque sus acciones no violaron derechos de Amy Hughes.
La jueza de la Suprema Corte, Sonia Sotomayor, emitió una opinión disidente a la que se le unió la jueza Ruth Bader Ginsburg. De acuerdo con la jueza Sotomayor, la resolución en el caso Kisela-Hughes permite que los oficiales disparen primero y piensen después; más aún, asevera que la sentencia dice al público que la conducta irrazonable de un oficial (consideremos que, en este caso, de los tres policías solo Kisela disparó) no será castigada.
En noviembre de 2018, Catherine Lhamon, jefa de la Comisión de Derechos Civiles del gobierno federal de Estados Unidos, entregó el reporte “Uso de la fuerza de las policías: un examen de las prácticas policiales modernas”, que elaboró con el apoyo de académicos, cortes, fuerzas del orden y de cuatro comisiones estatales, incluida la de Minnesota.
De acuerdo con este reporte, no hay información precisa, comprehensiva y consistente sobre el uso de la fuerza de policías y alguaciles, primer síntoma de su falta de transparencia. De la información que sí hay disponible, se recoge que la fuerza se usa en contra de las personas de color, con discapacidad, de la comunidad LGBT+, con problemas mentales y de escasos recursos. De lo anterior concluyen que existe falta de entrenamiento para disminuir la tensión de los conflictos y comprender las diferencias culturales, así como contar con estrategias para lidiar con personas con discapacidades físicas y mentales.
Ante esto, la Comisión recomienda que el Departamento de Justicia (DoJ, por sus siglas en inglés) incremente su vigilancia sobre las fuerzas del orden locales para garantizar que respeten los derechos de las personas en Estados Unidos. Además, sugiere que el DoJ se apoye en esfuerzos locales, como puede ser el trabajo de organizaciones de la sociedad civil que buscan que las policías respeten la Constitución.
Asimismo, instan a que haya más y mejor entrenamiento de los cuerpos policiacos y que haya más mecanismos de control de su actuación. Para ello, proponen que el Congreso federal destine más presupuesto para llevar a cabo estas medidas de mejora. Quizá lo más importante que señala la Comisión es que las agencias que hacen las investigaciones sobre estos incidentes fatales e inician una posible causa penal en contra de los responsables no pueden tener relación con la policía. Sugieren que no sean las fiscalías de condado, sino algún otro órgano el que comience un caso penal, dado el conflicto de interés que se ha detectado que existe.
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Por otra parte, no hay que perder de vista el papel que tiene el Poder Legislativo en este asunto. Si las cortes, sean penales o civiles, hasta ahora han dado interpretaciones que únicamente son favorables a los policías y no a las víctimas del uso excesivo de la fuerza, entonces quizás el primer paso sea acotar ese uso de la fuerza redactando nuevas leyes que obliguen a los policías a usar estrategias de reducción de tensión y que solo les permita el uso de la fuerza letal cuando se demuestre que, estrictamente, no había otra opción. De igual manera, debe delimitarse mucho más cuándo es que los agentes gozan de inmunidad en un caso civil.
Tanto en Estados Unidos como en México, la transparencia y la rendición de cuentas es lo que mantiene en balance a las autoridades. Es cierto que las fuerzas del orden deben gozar de las protecciones necesarias para realizar su trabajo, no obstante, esto no es a cualquier precio. Su función primordial es resguardar la seguridad y la integridad de todos, absolutamente todos, los miembros de la comunidad. Si alguien viola la ley, deben existir los mecanismos para sancionarle, y eso no le debe corresponder a los propios cuerpos armados civiles del Estado.
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Gemi José González López es doctor en Derecho Internacional y Relaciones Internacionales y excónsul general de México en San Francisco, California.
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Wilma Laura Gandoy Vázquez es diplomática del Servicios Exterior Mexicano, directora de la carrera de relaciones internacionales del Tecnológico de Monterrey y excónsul de Protección y Asuntos Legales en el Consulado General de México en San Francisco, California.