Ante el Instituto Estatal Electoral (IEE) fueron presentados 10 recursos de impugnación por partidos políticos y candidatos independientes, tras los resultados de los cómputos distritales a la elección de diputados locales.
De esa cantidad, ocho fueron presentados en contra del acuerdo del IEE para el reparto de las diputaciones locales por el principio de representación proporcional (plurinominales), mientras que los otros dos recursos de impugnación fueron presentados en contra de los resultados en los distritos VII y XIII por el Partido del Trabajo y MORENA, respectivamente.
Los candidatos que impugnaron las diputaciones de representación proporcional fueron: Paulo Martínez (Partido Acción Nacional), Silvia Alaníz (Partido Verde) del Partido Verde Ecologista (en su conjunto), Tagosam Salazar, Alberto Lyon Aceves y Elsa Lucía Armendáriz Silva (Partido Revolucionario Institucional), María de la Luz Olvera Torres (MORENA) y del candidato independiente Manuel Fernando Díaz.
El consejero presidente del Instituto Estatal Electoral, Luis Fernando Landeros Ortíz, señaló que los argumentos de los recursos de impugnación fueron por considerar que no se realizó adecuadamente el reparto de las diputaciones plurinominales por paridad de género, por el conteo de votos para la asignación de las posiciones y por el principio de sobre-representación en las diputaciones de mayoría relativa por la coalición “Aguascalientes al Frente”.
“Cada uno considera que tuvo derecho a integrarse en estas nueve diputaciones de ‘RP’, algunos manejan cuestiones de paridad de género, otros establecen que su porcentaje de votación les daba para ser los mejores perdedores que de los candidatos a los que asignamos una posición, entre otros temas”, subrayó.
En el caso del candidato independiente, Manuel Fernando Díaz “Manene”, la impugnación estuvo argumentada en la “inconstitucionalidad” del Código Electoral del Estado que no permite la inclusión de candidatos independientes en el reparto de diputaciones de representación plurinominal.
“Él solicita que se declare la inaplicación de ese precepto, o su inconstitucionalidad, argumentando que tiene derecho a una diputación plurinominal porque obtuvo 2 mil 122 votos y argumenta que esos votos deben de ser considerados para la repartición de curules”.
Sobre las impugnaciones a las diputaciones de mayoría relativa, Landeros Ortíz dijo que se debieron a supuestas inconsistencias en el conteo de los votos por parte de los funcionarios de casilla.
“Los inconformes se quejan de un cierto número de votos que en el cómputo distrital, ya cuando lo están analizando, establecen alguna cuestión que no es del parecer del partido político y solicita su revisión”.
Agregó que el próximo lunes se turnarán las denuncias ante el Tribunal Electoral Estatal para su resolución en las próximas semanas.
“Haremos también un informe circunstanciado en el que el instituto justifica la legalidad del acuerdo que está impugnado”, añadió.
No obstante, los procesos judiciales podrían ampliarse a los tribunales federales en caso de que los promoventes no queden conformes con la resolución del tribunal local, indicó Luis Fernando Landeros.
“Los inconformes aún podrían recurrir a la Sala Regional Monterrey para solicitar un recurso de revisión a la sentencia del Tribunal Electoral Estatal o en su caso al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para impugnar la resolución de la Sala Monterrey, según sea el caso”.