La delegación de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) realizará una investigación en campo luego de la denuncia que presentó la empresa “Banco Interacciones Sociedad Anónima” por un presunto incendio provocado el pasado jueves 22 de marzo, en aproximadamente 40 hectáreas de la zona donde se pretende construir un fraccionamiento en el área de Los Cobos, al sur de la capital.
De encontrarse omisiones, se podría emitir una sanción contra Banco Interacciones, propietarios del predio.
Luis Fernando Muñoz, delegado de la Profepa, aseguró que a más tardar este miércoles sostendrá una audiencia privada con los denunciantes para recibir las evidencias del siniestro y comenzar las indagatorias durante la próxima semana, con el objetivo de constatar las afectaciones en el predio y ubicar a los presuntos responsables, que podrían ser acreedores a sanciones de carácter administrativo, civil o penal.
“Tendremos que hacer un exhaustivo acopio de las evidencias que ellos nos puedan hacer llegar, que den sustento a sus dichos y a su denuncia, la Profepa va a hacer una visita que en su desenlace puede ser la determinación de un presunto responsable, en cuyo caso interpondríamos una denuncia penal ante la PGR o en su defecto resolver que no se contó con indicios para tener responsabilidades directas y avocarnos a la implementación por parte de los propietarios del predio de medidas que mitiguen, controlen y eviten que ocurran estas situaciones”.
En caso de confirmar el daño señalado por la empresa, se turnará una denuncia ante la Procuraduría General de la República por provocar intencionalmente, o por imprudencia, incendios en terrenos forestales o preferentemente forestales que podrían alcanzar una pena máxima de 10 años de prisión.
Sin embargo, el delegado de PROFEPA señaló que los propietarios del predio también podrían hacerse acreedores a una sanción económica si al momento de la verificación presencial se detectan omisiones en la prevención de incendios forestales, la cual podría ser de hasta 3 millones de pesos.
“No se descarta que pudiera haber incluso una sanción para los propios propietarios del predio si observamos que no se atendieron las medidas mínimas exigibles para evitar y prevenir incendios como recoger los residuos de leña muerta, la construcción de brechas cortafuego entre otras (…), los montos mínimos que impone Profepa es de 3 mil pesos hasta 3 millones de pesos en situaciones como ésta, y vamos a ver cuál puede proceder en el desahogo de las visitas”.
El Artículo 124 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable indica: “Los propietarios y poseedores de los terrenos forestales y preferentemente forestales y sus colindantes, quiénes realicen el aprovechamiento de recursos forestales, la forestación o plantaciones forestales comerciales y su reforestación, así como los prestadores de servicios técnicos forestales responsables de los mismos y los encargados de la administración de las áreas naturales protegidas, estarán obligados a realizar trabajos para prevenir, combatir y controlar incendios forestales”.
De igual forma, el Artículo 125 de la misma ley hace referencia a las obligaciones de los propietarios cuando ocurran incendios forestales:
“Los propietarios, poseedores y usufructuarios de terrenos de uso forestal están obligados a llevar a cabo, en caso de incendio, la restauración de la superficie afectada en el plazo máximo de dos años, debiendo ser restaurada la cubierta vegetal afectada, mediante la reforestación artificial, cuando la regeneración natural no sea posible…”.
Cabe destacar que aunque el representante legal de la empresa propietaria del predio “Banco Interacciones Sociedad Anónima”, José Cabral Moreno, asegura contar con el cambio de uso de suelo forestal a uso habitacional, presuntamente otorgado por la Semarnat desde el 19 de octubre de 2016, sin embargo, dicho documento no ha sido presentado ante medios de comunicación.