La discriminación de la que fue objeto Diana Arredondo Rodríguez como aspirante a la magistratura del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco devela la persistencia de obstáculos para el acceso igualitario de las mujeres a puestos públicos
Más aún, este caso deja en evidencia el largo camino que queda por recorrer para dar pleno cumplimiento a las disposiciones establecidas por el marco jurídico mexicano en materia de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
Pese a que entre las disposiciones contenidas en la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres se encuentra el establecimiento de medidas que fortalezcan el acceso de las mujeres al empleo y a la aplicación del principio de igualdad de trato y la no discriminación en sus condiciones de trabajo, en entrevista para Newsweek-Jalisco, Diana Arredondo señaló que el poder judicial de la entidad ha sido un espacio muy acotado a los hombres, y aseguró que aún existe mucha resistencia, incluso por parte de quienes ocupan cargos de magistraturas, a tener compañeras mujeres.
Durante su entrevista para el cargo, el pasado mes de febrero, Diana Arredondo recibió cuestionamientos por parte del diputado Alberto Casas Reynoso nen torno a su estado civil, por lo que decidió interponer una queja en contra del legislador ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco en la que argumentó que lo sucedido constituye una violación a sus derechos humanos, además de violencia política y de género.
«Entre la ley y la realidad hay una brecha enorme; se requiere voluntad política –que siempre será insuficiente mientras dependa de personas poco preparadas que ocupen los espacios donde se genera la política pública–, y que desde la sociedad civil organizada se ejerza presión para que realmente se materialice la ley», concluyó.
Su queja fue suscrita por al menos cuatro organizaciones de mujeres que en lo colectivo apoyaron el reclamo de Arredondo Rodríguez por considerar que lo sucedido es un acto discriminatorio. «He recibido ataques en redes sociales. Me han hecho calificativos muy deplorables. No deja de ser vergonzoso darnos cuenta que el machismo está tan permeado en nuestra sociedad que ni siquiera podemos dimensionar todo lo que esto implica», afirmó.
«El tema de fondo es que quienes hacen las designaciones de las magistraturas son los diputados del Congreso de Jalisco; estas decisiones se toman en las cúpulas partidarias y aun cuando la mitad de los escaños están ocupados por mujeres, no se ha podido hacer la diferencia, puesto que las diputadas, en su ejercicio profesional, también están acotadas a la coordinación de la fracción parlamentaria y votan por quienes les dice su coordinador», aseguró.
Adicionalmente, Arredondo comentó que «la violencia estructural y sistemática está enraizada no solo en el imaginario colectivo de las personas sino en las instituciones. Desde cómo son elegidas las mujeres que contienden en las campañas y cómo se asignan las candidaturas al interior de los institutos políticos que tienen reglas estrictamente patriarcales».
«Las mujeres se eligen desde los privilegios de las cúpulas partidarias a modo de mujeres convenientes, las mujeres cercanas a las cúpulas de los liderazgos partidistas, no a las mujeres que hacen la faena pesada en las instituciones políticas; la elección se hace al ritmo privilegiado de los partidos políticos», agregó.
Respecto del tema de la paridad en el Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, comentó «tanto en las diputaciones locales como federales, la paridad ha sido resultado de reformas legales, constitucionales y de leyes generales, por lo que está positivado en el derecho interno de las entidades federativas la obligación de la paridad, sin embargo, hay algunos juristas mexicanos que afirman que si no está plasmado en los textos de las leyes locales no existe la obligación de la paridad, desconociendo los principios de control de convencionalidad».
Por último, Diana Arredondo enfatizó que en Jalisco se emitió desde 2015 la Ley Estatal para Promover la Igualdad, Prevenir y Eliminar la Discriminación que, entre otras cosas, establece la obligación por parte de las distintas instituciones, poderes y órganos de estado, de contar, en el marco de su propia estructura orgánica, con un órgano de control responsable de recibir las quejas que se presenten por violaciones a los derechos humanos y de emitir acciones afirmativas y medidas preventivas cautelares.