La Fiscalía General del Estado, a través de la Unidad Especializada en Investigación de Homicidios, obtuvo de nueva cuenta, una importante vinculación a proceso por el hecho delictivo de Feminicidio, luego de que el Juez de Control y Juicio Oral Penal con sede en el Primer Partido Judicial, emitiera la resolución en contra de Joel Alejandro N N y Guadalupe Janette N N, dentro de la que estableció que ambos imputados permanecerán bajo la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa y esperarán un plazo de tres meses para el cierre de la investigación complementaria; esto derivado de su probable participación del acontecimiento suscitado en el fraccionamiento Jesús Gómez Portugal, popularmente conocido como el ‘Cerrito de la Cruz’.
El probable ilícito de alto impacto, aconteció la madrugada del día 17 de noviembre de la presente anualidad, aproximadamente entre las 01:00 y 02:00 horas, cuando, el imputado, de 30 años, acompañado de un diverso sujeto, arribaron a bordo de un automotor, a las inmediaciones del domicilio de la víctima, una fémina de 25 años; ubicado en el fraccionamiento J. Gómez Portugal, del municipio capital, lugar en el que se encontraba la diversa coimputada, de 33 años, toda vez que habitaban juntas la vivienda.
En un momento determinado, los probables responsables, comenzaron con una dinámica agresiva en conjunto, empleando para ello, agentes constrictores que a la postre, causaron el deceso de la fémina.
Luego de la consumación del acto, el imputado abandonó el sitio, con la intención de evadir la acción de la justicia, realizando esto, a bordo del vehículo en el que llegó en compañía del diverso sujeto.
Mientras eso sucedía, Guadalupe permaneció en el domicilio; luego de unos minutos, tomó el teléfono y se comunicó a los servicios de emergencia para dar parte de lo sucedido.
Al tener conocimiento del hecho, las diligencias ministeriales se iniciaron conforme al Protocolo de Investigación para Muertes Violentas de Mujeres, activando el personal de la Fiscalía, las diligencias pertinentes con perspectiva de género.
En atención a lo anterior, lnvestigación Pericial, trasladó a la interfecta al Laboratorio de Medicina Forense, donde se practicó el estudio de necropsia; derivado del trabajo médico legal, se obtuvo que la causa del deceso, ocurrió derivado de una asfixia por estrangulación.
Fue así, que Agentes del Grupo de Homicidios de la Policía de Investigación, se abocaron a la recopilación de entrevistas, actos y registros investigativos, con la intención de robustecer las pesquisas.
Derivado de sus aportaciones, el Agente del Ministerio Público coordinador de la investigación, obtuvo los datos de prueba necesarios para solicitar ante la Autoridad Jurisdiccional se emitieran las órdenes de captura correspondientes, quien luego de un detallado análisis, emitiera los mandamientos judiciales en contra de los entonces indiciados.
Producto de las indagatorias, se obtuvo que, probablemente el actuar de los imputados, estuvo motivado por la intención de apoderarse sin derecho ni consentimiento de dinero en efectivo, que la víctima resguardaba entre sus pertenencias.
Contando con las órdenes de aprehensión vigentes y producto del trabajo de campo, inteligencia y gabinete, Agentes de la Comisaría General de la Policía de Investigación, obtuvieron con alta probabilidad el paradero de los imputados, arrojando las pesquisas que probablemente estos se encontraban en el estado de Baja California, en la ciudad de Tijuana.
Por lo anterior, los Elementos Ministeriales, se trasladaron a aquella demarcación, donde, en colaboración con sus homólogos de la referida entidad, cumplimentaron las órdenes de aprehensión en contra del par de indiciados, a quienes trasladaron a este estado, a efecto de que se resolviera su situación jurídica.
Una vez practicados los trámites correspondientes, se convocó a audiencia inicial, celebrada en el Juzgado de Control y Oralidad con sede en el Primer Partido Judicial, en la que el togado cuestionó a la pareja investigada, sobre el conocimiento de sus derechos, para posteriormente escuchar el sobresaliente desempeño de la Representación Social Especializada, quien formuló imputación, escuchando posteriormente el Órgano Jurisdiccional, la petición de los imputados a través de su defensa, en la que indicaron que deseaban que su situación jurídica se resolviera conforme a la ampliación del término prevista por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
De este modo, una vez reanudada la diligencia preliminar, se realizaron los debates pertinentes, derivado de los que se obtuvo el auto de vinculación a proceso en contra de Joel Alejandro N N y Guadalupe Janette N N, a quienes se les impuso la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa, señalando el plazo de tres meses como plazo para el cierre de la investigación complementaria.