“LA VIOLACIÓN se debe definir siempre basándose en la falta de consentimiento de la víctima, no en el uso de la fuerza”, aseguró la relatora especial de la ONU sobre la violencia contra la mujer, Dubravka Šimonović, en un informe publicado este lunes en el que pide a los Estados que adecuen sus leyes a los estándares internacionales de derechos humanos.
“El uso de la violencia o la fuerza demuestra la falta de consentimiento, pero no es un elemento constitutivo del delito de violación. La falta de consentimiento de la víctima debe estar en el centro de todas las definiciones de violación”, señalo Dubravka Šimonović.
También asegura que “no debe significar siempre no, mientras que la educación debe promover la comprensión del consentimiento afirmativo: sólo sí significa sí”.
La legislación debe establecer que cualquier relación sexual con una persona que no alcance la edad de consentimiento es una violación (violación de menores), en la que no es necesario determinar si hubo consentimiento.
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Las excepciones podrían incluir las relaciones sexuales consentidas entre una persona menor de 18 años y otra mayor de 14 pero menor de 16 años.
La experta señala que, en algunos Estados, en particular en América Latina, se establece el delito de estupro, que suele describir los casos en que un adulto mantiene relaciones sexuales con un menor de edad que ya ha alcanzado la edad legal de consentimiento empleando la seducción o el engaño.
“La existencia de un delito menos grave en el caso de las adolescentes contribuye a la impunidad de los autores, ya que los datos indican que los violadores tienden a ser acusados del delito menos grave y no de violación, si es que alguna vez son enjuiciados”, dice la relatora, que pide abolir estas disposiciones.
“Los Estados deben tipificar la violación mediante una definición que se aplique a todas las personas, que incluya la violación conyugal y todos los actos de penetración de carácter sexual, y que prevea de manera expresa la falta de consentimiento como elemento central. Las circunstancias agravantes y atenuantes deben revisarse y ajustarse a las normas de derechos humanos”, pidió la relatora. N